Micelio
Sentencia de Tutela11 de noviembre de 2016

T-625 de 2016

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Gabriel Jaime Rodriguez Ortiz·Demandado Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura Y Otro

Tema · dato duro
Tutela Contra Providencia Judicial. Limites A La Autonomia De La Voluntad En Materia De Fijacion De Honorarios Juridicos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso Disciplinario
  • Improcedencia por inexistencia de defecto fáctico y desconocimiento del precedente judicial, al sancionar a abogado por cobro excesivo de honorarios profesionales
Ejercicio De La Profesion De Abogado
  • Defensa y promoción de los derechos de las personas
Costas Procesales
  • Concepto
  • Comprende tanto las expensas como las agencias en derecho
Sancion Disciplinaria A Abogado
  • Cuando exija u obtenga provecho desproporcionado, valiéndose de la situación de inferioridad de su cliente, bien sea por su falta de conocimiento especializado o por la inexperiencia en la materia
Abogacia
  • Su ejercicio implica deberes de obrar con lealtad y honradez con sus clientes
Expensas
  • Concepto
Honorarios De Abogado
  • Criterios para determinar si existe una desproporción en la remuneración o beneficios obtenidos por parte del abogado
  • Fijación con criterios equitativos, justificados y proporcionales, con relación al servicio prestado
Separacion Del Precedente
  • El funcionario judicial puede apartarse de su propio precedente o del precedente resuelto por el superior jerárquico, siempre y cuando explique de manera expresa, amplia y suficiente las razones por las que modifica su posición
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
14 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a sentencias proferidas dentro de un proceso disciplinario adelantado en contra del accionante en su condición de abogado litigante, a través de las cuales se le sancionó con la suspensión del ejercicio de su profesión por un lapso de 4 meses, tras encontrarlo responsable de infringir el deber consagrado en el artículo 28.8 de la Ley 1123 de 2007 y de cometer la falta prevista en el artículo 35.1 de la misma norma, a título de dolo.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

Procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.

El alcance del defecto fáctico y del desconocimiento del precedente judicial y, 3º.

Jurisprudencia constitucional sobre los límites a la autonomía de la voluntad en materia de fijación de honorarios jurídicos.

Se confirma la decisión de instancia que NEGÒ el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR por las razones expuestas, la sentencia del 16 de marzo de 2016 proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que a su vez modifico la proferida por el Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, el tres (3) de febrero de dos mil dieciseis (2016). En consecuencia, NEGAR la tutela de los derechos fundamentales invocados por el senor Gabriel Jaime Rodriguez Ortiz.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por33
T-362/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Proceso Penal De Extinción De Dominio-Uso De Los Bienes Como Instrumentos Para La Ejecución De Actividades Ilícitas. Jurisprudencia Constitucional.T-269/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa-Configuración Del Defecto Fáctico Y Desconocimiento Del Precedente Constitucional En La Aplicación Del Término De Caducidad (Casos De Lesiones Personales).SU.329/24Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Nulidad Electoral-Interpretación De La Causal De Inhabilidad Por Parentesco Para Ser Elegido. Cambio De Precedente Sobre Legitimación En La Causa Por Activa.T-526/23Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Fijación De Custodia, Cuidado Y Régimen De Visitas)-Protección Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes. Proscripción Del Síndrome De Alienación ParentalT-480/23Derecho A La Pensión De Invalidez-Capacidad Laboral Residual De Personas Con Enfermedades Congénitas, Crónicas Y/O Degenerativas. Calificación De La Pérdida De Capacidad Laboral, Corresponde A La Fecha De Estructuración De La Invalidez.T-339/23Acción De Tutela Contra Decisión Judicial En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Presunto Abuso Sexual De Menor De Edad)-Vulneración Del Debido Proceso Y Desconocimiento Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes. Suspensión Inmediata De Visitas Virtuales. Compulsa Copias A La Fiscalía.
Ver las 33

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.