Micelio
Sentencia de Tutela20 de septiembre de 2018

T-384 de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante A.L.·Demandado Juzgado 1 Promiscuo De Familia De Los Patios

Tema · dato duro
Principio Del Interes Superior Del Niño Y Custodia Compartida Por Ambos Padres.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales En Materia De Custodia Compartida Por Ambos Padres De Menores De Edad
  • Procedencia por defecto sustantivo y fáctico
  • No se acreditó que el juez hubiera adoptado un fallo con errores arbitrarios, ostensibles o caprichosos, que trasgredieran el derecho al
Custodia Compartida Por Ambos Padres De Hijos Menores
  • Virtudes y dificultades que se pueden presentar
Custodia Compartida
  • Alcance
  • Ausencia de regulación integral en la materia
  • Requiere de un análisis cualitativo y no meramente cuantitativo
Custodia Y Cuidado Personal De Hijo No Emancipado
  • Jurisprudencia constitucional ha enfocado sus decisiones a la satisfacción de los principios del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, y al derecho que les asiste a tener una familia y no se
  • Reiteración de jurisprudencia
Custodia Y Cuidado Personal Por Ambos Padres Frente A Hijos Menores
  • Se justifica prevalentemente desde la perspectiva constitucional en el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, y en el derecho que tienen a la unidad familiar
Derechos De Los Niños
  • Carácter prevalente
Interes Superior Del Menor Y Derechos De Los Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Debe ser referencia al momento de evaluar los temas relacionados con la custodia y cuidado personal que los padres ejercen respecto de los hijos menores de edad o impedidos
  • Jurisprudencia constitucional
  • Se erige como una norma de amplio reconocimiento en el ordenamiento jurídico interno y en el Derecho internacional de los Derechos Humanos vinculante para Colombia
Patria Potestad
  • Derechos y facultades no en favor de padres sino en el interés superior del hijo menor
  • Naturaleza
  • Definición
Custodia Y Cuidado Personal De Hijo Menor
  • Ejercicio desde un enfoque constitucional que atiende el interés superior de los niños, niñas y adolescentes
  • Deber de criar, educar, orientar, conducir y formar hábitos y costumbres
  • Ejercicio conforme al derecho de los niños, niñas y adolescentes a tener una familia y no ser separados de ella
  • Marco normativo
Defecto Factico
  • Dimensión negativa y positiva
Familia
  • Núcleo fundamental de la sociedad
Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Tienen derecho a que ambos padres ejerzan la custodia para su desarrollo armónico e integral
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Prevalencia de los derechos de los niños
21 temas · 32 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En sede de tutela se cuestionan presuntas irregularidades procesales acontecidas en el trámite de un proceso verbal sumario de custodia y cuidado personal iniciado por la accionante en contra del progenitor de sus dos menores hijos.

Así mismo se censura la sentencia que al interior de la misma causa decretó la custodia compartida entre ambos padres.

Se aduce que dicho fallo incurrió en los siguientes defectos: i).

Procedimental absoluto, por cuanto al proceso se le imprimió el trámite verbal sumario previsto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, cuando esa norma se encontraba derogada por la Ley 1564 de 2012, es decir, que debieron aplicarse los artículos 390 a 392 del Código General del Proceso, además de adelantar el trámite en una única audiencia y de señalarle al demandado que la excepción que formuló debió haberla propuesto como recurso de reposición contra el auto admisorio de la demanda y no considerada como excepción de mérito. ii).

Sustantivo, porque la figura de la custodia compartida no está regulada en la legislación colombiana, sumado a que no asignó de manera equitativa a cada progenitor el tiempo para compartir con los niños y le fijó cuota alimentaria a la accionante y, iii).

Fáctico por vía negativa, toda vez que se dejaron de valorar los dictámenes rendidos por el Instituto Seccional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y el informe que fue presentado por el asistente social del juzgado, según los cuales el padre de los niños carecía de las cualidades personales para tener la custodia y el cuidado personal ellos.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

Los requisitos generales y específicos de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, haciendo énfasis en los defectos procedimental absoluto, sustantivo y fáctico. 2º.

El ejercicio de la custodia y cuidado personal de los hijos desde un enfoque constitucional que atiende el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, así como el derecho a tener una familia y no ser separados de ella y, 3º.

La custodia compartida y la custodia monoparental.

La Sala considera que el despacho accionado incurrió en los defectos sustantivo y fáctico, generando la trasgresión del derecho fundamental al debido proceso de la accionante y la lesión del interés superior de sus hijos.

Se CONCEDE el amparo invocado, se deja sin efectos la providencia cuestionada y se ordena a la autoridad judicial accionada proferir una nueva que atienda las consideraciones expuestas en este caso por la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR los terminos suspendidos mediante auto del 3 de abril de 2018, de conformidad con lo previsto en el articulo 64 del Reglamento Interno de la Corporacion.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida el 26 de octubre de 2017 por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, la cual revoco la sentencia de primera instancia emitida el 18 de septiembre de 2017 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cucuta, dentro de la accion de tutela que impetro la senora A.L., actuando en nombre propio y en representacion de sus menores hijos S.I. y J.A., contra el Juzgado 1deg Promiscuo de Familia de Los Patios. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso de la accionante y al interes superior de los ninos que les asiste a los menores representados S.I. y J.A.
  3. Tercero. DEJAR SIN EFECTO la decision adoptada el 24 de julio de 2017 por el Juzgado 1deg Promiscuo de Familia de Los Patios, asi como las actuaciones subsiguientes que dependan de dicha decision, dentro del proceso verbal sumario de custodia y cuidado personal de los ninos S.I. y J.A. que formulo A.L. contra Y.V. (Radicado No. 2015-00588). En su lugar, ORDENAR a dicho juzgado que en el termino de quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, proceda a dictar una nueva sentencia que atienda las consideraciones expuestas en la parte motiva de este proveido.
  4. Cuarto. DEVOLVER, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Juzgado 1deg Promiscuo de Familia de Los Patios el original del expediente No. 2015-00588 que fue remitido en calidad de prestamo a esta Corporacion.
  5. Quinto. COMUNICAR esta providencia para los fines previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, tanto a las partes accionante y accionada, asi como a los terceros intervinientes involucrados por los jueces de instancia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por25
T-332/24Derechos A La Vida, Seguridad Personal Y Principio Del Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes. Debida Diligencia En Instituto Colombiano De Bienestar Familiar (Autorización Salida Del País, Caso De Violencia Intrafamiliar).T-291/24Acción De Tutela Contra Decisión Judicial Que Resuelve Sobre La Restitución Internacional De Un Menor De Edad-Deber De Aplicar Perspectiva De Género En Caso De Violencia Contra La Mujer.T-255/24Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella (Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Proceso De Restitución Internacional De Niños, Niñas Y Adolescentes, Fijación De Custodia, Cuidado Y Régimen De Visitas)-Deber De Aplicar Enfoque De Género Y El Principio Del Interés Superior Del Menor.T-526/23Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Fijación De Custodia, Cuidado Y Régimen De Visitas)-Protección Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes. Proscripción Del Síndrome De Alienación ParentalT-341/23Acción De Tutela Contra Decisión Judicial En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Presunto Abuso Sexual De Menor De Edad)-Vulneración Del Debido Proceso Y Desconocimiento Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes. Suspensión Inmediata De Visita De Progenitor No Custodio.T-339/23Acción De Tutela Contra Decisión Judicial En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Presunto Abuso Sexual De Menor De Edad)-Vulneración Del Debido Proceso Y Desconocimiento Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes. Suspensión Inmediata De Visitas Virtuales. Compulsa Copias A La Fiscalía.
Ver las 25

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.