Micelio
Sentencia de Tutela3 de junio de 2014

T-326 de 2014

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Ana Isabel Velasquez Arias·Demandado E.S.E. Hospital San Rafael De Facatativa Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La actora fue declarada insubsistente en el cargo de carrera que desempeñada en provisionalidad en la E.S.E.

Hospital San Rafael de Facatativá, a pesar de ser beneficiaria del denominado retén social por su condición de prepensionada, en cuanto le faltaba, al momento del despido, menos de un año para reunir los requisitos para pensionarse.

Solicita con la acción de tutela, que se ordene su reintegro, hasta tanto se profiera el acto administrativo que le reconozca la prestación.

La entidad accionada adujo haber actuado en derecho, en cuanto acudió a la lista de elegibles para proveer dicho cargo.

Se reitera jurisprudencia constitucional sobre: 1º.

La estabilidad intermedia de los funcionarios públicos nombrados en provisionalidad que desempeñan cargos de carrera administrativa. 2º.

La protección legal de las personas próximas a pensionarse en el marco del retén social (artículo 12 de la Ley 790 de 2002). 3º.

La estabilidad laboral relativa en el marco del Decreto 3905 de 2005 y del concurso público de méritos. 4º.

La aplicación de los criterios de razonabilidad y proporcionalidad y, 5º.

La procedencia de la acción de tutela contra actos administrativos que desvinculan a funcionarios públicos que ocupan cargos de carrera en provisionalidad.

Se TUTELAN los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral, a la seguridad social y al mínimo vital.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo expedido por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo de Familia de Facatativa, Cundinamarca, el veinticinco (25) de octubre de dos mil trece (2013), mediante el cual se revoco la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Primero. Penal Municipal de Facatativa, Cundinamarca, el trece (13) de septiembre de dos mil trece (2013). En consecuencia, TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral, a la seguridad social y al minimo vital de la senora Ana Isabel Velasquez Arias, por la razones expuestas en esta sentencia.
  4. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS parcialmente la Resolucion No. 456 del veinte (20) de agosto de dos mil trece (2013) emanada de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael de Facatativa, en lo relativo a la declaratoria de insubsistencia de la senora Ana Isabel Velasquez Arias, a partir del veintiseis (26) de agosto de dos mil trece (2013) y, en consecuencia, ORDENAR al Gerente de la E.S.E. Hospital San Rafael de Facatativa, designar en provisionalidad a la senora Ana Isabel Velasquez Arias en un empleo vacante igual o similar al que venia desempenando, hasta que sea incluida en la nomina de pensionados de Colpensiones.
  5. Tercero. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.