Micelio
Sentencia de Tutela20 de enero de 2012

T-017 de 2012

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Ana Julia Garzon Guerrero·Demandado Coordinadora Centro De Servicios Judiciales Del Sistema Penal Acusatorio De Bogota Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Estabilidad Laboral Reforzada Y Principios De Razonabilidad Y Proporcionalidad
  • Caso en que la demandante fue removida de su cargo por Jueza Coordinadora del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá
  • Caso en que se debía analizar la situación particular de cada uno de los empleados
Servidores Publicos Deben Cumplir Sus Deberes Constitucionales De Manera Acorde Con Valores, Principios Y Derechos Consagrados En C.P.
  • Caso en que cuando se tienen diversas alternativas se debe optar por la que en menor grado afecte derechos fundamentales
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Estabilidad laboral reforzada, debido proceso, mínimo vital.

La accionante se encontraba desempeñando el cargo de escribiente en provisionalidad en el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá y fue desvinculada del empleo por el nombramiento en propiedad de una de las personas que ocupó la lista de elegibles generada por la realización de un concurso público de méritos.

Se alega vulneración de derechos fundamentales por retirarla del cargo a pesar de que al momento de su desvinculación existían 96 cargos de la misma naturaleza del que ocupaba en provisionalidad, los cuales no estaban provistos en propiedad como resultado del concurso de mérito, por estar en trámite el reconocimiento de su pensión de jubilación y ser su salario la única fuente de ingresos para suplir sus propias necesidades y las de su madre e hijo.

La Sala se pronuncia sobre la siguiente temática: 1º.

Procedencia de la acción de tutela contra actos administrativos que desvinculan a empleados públicos de sus cargos. 2º.

Estabilidad intermedia de los trabajadores nombrados en provisionalidad que desempeñan cargos de carrera administrativa. 3º.

Retiro del servicio por la obtención de la pensión de vejez o de jubilación y 4º.

Deberes de los funcionarios administrativos de obrar conforme a los valores, principios y derechos constitucionales en el cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales.

Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena el reintegro de la accionante hasta que ocurra uno de dos eventos: a). que todos los cargos de escribiente de juzgado municipal grado nominado que fueron objeto del concurso de méritos en virtud de los Acuerdos 206 y 208 del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca y que actualmente se encuentran en provisionalidad sean proveídos en propiedad ó, b) que la peticionaria sea incluida en nómina de pensionados del ISS.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo expedido por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia el veintiuno (21) de junio de dos mil once (2011), que a su vez habia confirmado el fallo proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota el dieciocho (18) de mayo de dos mil once (2011). En consecuencia, TUTELAR los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, el debido proceso, y el minimo vital de la senora Ana Julia Garzon Guerrero.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion No. 137 del 25 de abril de 2011 "por la cual se desvincula a un empleado", expedida por la Jueza Coordinadora del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogota D.C., y en consecuencia, ORDENAR a la Jueza Coordinadora del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogota D.C, reintegrar a la senora Ana Julia Garzon Guerrero a un cargo igual o similar al que venia desempenando como Escribiente de Juzgado Municipal Grado Nominado, que se encuentra vacante en el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogota D.C., o en su defecto en los Tribunales, Juzgados y Centros de Servicios de los Distritos Judiciales de Bogota, hasta que ocurra uno de los siguientes eventos: (i) que todos los cargos de Escribiente de Juzgado Municipal Grado Nominado que fueron objeto del concurso de meritos en virtud de los Acuerdos 206 y 208 del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca y que actualmente se encuentran en provisionalidad sean proveidos en propiedad o (ii) que la peticionaria sea incluida en nomina de pensionados del Instituto de Seguros Sociales.
  3. Tercero. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.