C-279 de 2007
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Carlos Rey Vega
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Parámetro para definir fecha en que debe terminar proceso de implementación de carrera
- Plazo para que Fiscalía culmine aplicación del sistema de carrera
- Orden de implementarla en sentencia T-131/05
- Acto de desvinculación debe ser motivado por razones del servicio específicas
- Vulneración por no implementación del sistema de carrera en Fiscalía General de la Nación
- Aplicación
- Establecimiento de plazo máximo para que nuevo sistema penal entre en pleno funcionamiento
- Vulneración por no implementación del sistema de carrera en Fiscalía General de la Nación
- Aplicación del principio pro actione
- Goza de estabilidad intermedia
- Necesidad de motivación del acto de desvinculación
- Integración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 938 de 2004 articulos 70 (parcial) y 76 (parcial).
Se expide el estatuto organico de la fiscalia general de la nacion.
Nombramientos y retiro.para el demandante las normas acusadas son contrarias a los articulos 29 53 209 y 229 de la constitucion y vulneran los derechos fundamentales al debido proceso a la defensa al trabajo y al acceso a la justicia.la fiscalia general de la nacion y su regimen especial de carrera.
Objetivos del establecimiento del sistema de asignacion de cargos mediante concurso de meritos.
La sentencia t-131 de 2005 y la orden de la corte de implementar el regimen de carrera en la fiscalia general de la nacion.
La jurisprudencia de la corte constitucional ha ordenado que deben motivarse los actos administrativos de la fiscalia general de la nacion que desvinculan servidores nombrados en provisionalidad.
Diferencia de posiciones entre la corte constitucional y el consejo de estado respecto de la necesidad de motivar los actos de desvinculacion de funcionarios en provisionalidad.
Constitucionalidad condicionada de las disposiciones acusadas.
A la luz de la constitucion es incompatible con la carta que todavia no se haya implementado el sistema de carrera en la fiscalia general de la nacion ya que esto conlleva la vulneracion de los derechos a la igualdad y al debido proceso asi como la vulneracion de los principios constitucionales que rigen el acceso por merito a la funcion publica.
La corte procedera a declarar la exequibilidad del primer inciso del articulo 70 de la ley 938 de 2004 en el entendido de que a mas tardar el 31 de diciembre de 2008 la fiscalia general de la nacion debera haber culminado la aplicacion del sistema de carrera en la entidad mediante los concursos publicos de merito correspondientes.exequibilidad condicionada
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 03/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el inciso
- primero. del Artículo 70 de la Ley 938 de 2004 "por la cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación", en el entendido de que a más tardar el 31 de diciembre de 2008, la Fiscalía General de la Nación deberá haber culminado la aplicación del sistema de carrera mediante los concursos públicos de mérito correspondientes.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el inciso
- segundo. del artículo 70 y el inciso
- segundo. del artículo 76 de la Ley 938 de 2004, "por la cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación", en el entendido de que en el caso de los funcionarios designados en provisionalidad en cargos de carrera, el acto de desvinculación deberá ser motivado por razones del servicio específicas, en los términos del apartado 4 de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.