T-648 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Miriam Martinez Palomino Vs. Fiscalia General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración por no motivarse el acto de insubsistencia de empleada en provisionalidad ocupando cargo de carrera
- Procedencia excepcional para evitar perjuicio irremediable
- Su no motivación equivale a que no existe motivo para el despido
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso mínimo vital y al trabajo de exfiscal delegada ente los jueces penales del circuito especializado en la dirección seccional de fiscalias de cartagena cuyo nombramiento fue declarado insubsistente sin la debida motivacion encontrandose nombrada en provisionalidad en un cargo de carrera.
Solicita se suspenda la aplicacion del acto de insubsistencia y se ordene su reintegro al cargo en que se venia desempeñando.
Procedencia de la accion de tutela.
La jurisprudencia de la corte establece que el acto de desvinculacion de una persona nombrada en un cargo de carrera debe ser motivado.
El acto mediante el cual se declaro insubsistente el nombramiento de la accionante al no haber sido motivado violo su derecho al debido proceso.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 19 de enero de 2005, por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales al debido proceso, al minimo vital y al trabajo de la senora Miriam Martinez Palomino.
- Segundo. Ordenar a la Fiscalia General de la Nacion que deje sin efectos la Resolucion 0-3846 del 12 de agosto de 2004, mediante la cual de decidio declarar la insubsistencia del nombramiento de Miriam Martinez Palomino.
- Tercero. ADVERTIR a la Fiscalia General de la Nacion que en el evento de declarar insubsistente de su cargo a la accionante, debera dar una motivacion de fondo al acto correspondiente, profiriendo nueva resolucion, con el fin de que ella pueda controvertir las razones de su desvinculacion ante la jurisdiccion contencioso administrativa. Adicionalmente, el acto correspondiente habra de hacer referencia expresa a por que la condicion de la empleada de madre cabeza de familia, responsable de una menor de edad, que como se dijo padece una grave enfermedad, no es relevante para decidir sobre su desvinculacion. En caso contrario debera procederse al reintegro.
- Notifiquese, comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.