Micelio
Sentencia de Tutela23 de julio de 2019

T-324 de 2019

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Julian Gratz Vargas·Demandado Presidencia De La Republica Y Otros

Tema · dato duro
Improcedencia De La Accion De Tutela Para Sustituir Al Gobierno En Materia De Politicas Publicas En El Sector Educativo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Los peticionarios, en calidad de estudiantes de la Universidad del Tolima, actuando en nombre propio y en representación de los estudiantes de esa institución, pretenden con la demanda que el juez constitucional ampare derechos fundamentales y, en consecuencia, le ordene al gobierno nacional asignar de manera inmediata los recursos suficientes a la universidad pública, particularmente a la precitada, para la eliminación del déficit que presenta.

Aducen, que las políticas gubernamentales para la financiación de la educación pública en Colombia han disminuido gradualmente los recursos asignados a la misma, con lo que se incumple el deber constitucional de garantizar el derecho a la educación.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

Reglas de procedencia de la acción de tutela, en particular, el cumplimiento del requisito de legitimación en la causa por activa. 2º.

La democracia representativa y el proceso legislativo en Colombia. 3º.

Las competencias del Gobierno Nacional en materia de políticas públicas en el sector educativo y los límites de competencia del juez de tutela y, la procedencia de la acción de tutela para regular materias reservadas al ejecutivo por mandato expreso de la Carta Política.

Concluye la sala que la acción de tutela resulta IMPROCEDENTE para controvertir las directrices del Estado en la política fiscal, en tanto ésta se hace realidad en la Ley Orgánica del Presupuesto y en la Ley de Apropiaciones para una vigencia determinada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima, el catorce (14) de noviembre de dos mil dieciocho (2018), que concedio las acciones de tutela impetradas por Julian Gratz Vargas y otros en contra de la Presidencia de la Republica, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico y el Ministerio de Educacion Nacional. En su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo impetrado por las razones expuestas en la presente providencia.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.