T-324 de 2019
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Julian Gratz Vargas·Demandado Presidencia De La Republica Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia
- Definición
- Límites
- No se cumplen los presupuestos de la agencia oficiosa
- Regulación exclusiva de ciertas materias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Los peticionarios, en calidad de estudiantes de la Universidad del Tolima, actuando en nombre propio y en representación de los estudiantes de esa institución, pretenden con la demanda que el juez constitucional ampare derechos fundamentales y, en consecuencia, le ordene al gobierno nacional asignar de manera inmediata los recursos suficientes a la universidad pública, particularmente a la precitada, para la eliminación del déficit que presenta.
Aducen, que las políticas gubernamentales para la financiación de la educación pública en Colombia han disminuido gradualmente los recursos asignados a la misma, con lo que se incumple el deber constitucional de garantizar el derecho a la educación.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Reglas de procedencia de la acción de tutela, en particular, el cumplimiento del requisito de legitimación en la causa por activa. 2º.
La democracia representativa y el proceso legislativo en Colombia. 3º.
Las competencias del Gobierno Nacional en materia de políticas públicas en el sector educativo y los límites de competencia del juez de tutela y, la procedencia de la acción de tutela para regular materias reservadas al ejecutivo por mandato expreso de la Carta Política.
Concluye la sala que la acción de tutela resulta IMPROCEDENTE para controvertir las directrices del Estado en la política fiscal, en tanto ésta se hace realidad en la Ley Orgánica del Presupuesto y en la Ley de Apropiaciones para una vigencia determinada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima, el catorce (14) de noviembre de dos mil dieciocho (2018), que concedio las acciones de tutela impetradas por Julian Gratz Vargas y otros en contra de la Presidencia de la Republica, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico y el Ministerio de Educacion Nacional. En su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo impetrado por las razones expuestas en la presente providencia.
- SEGUNDO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.