Sentencia de Unificación24 de mayo de 2001Sala Plena
SU- de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Jaime Calderon Bruges Vs. Consejo Nacional Electoral.
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Derecho Al Trabajo. Periodo Del Registrador. El Derecho Al Reconocimiento No Forma Parte Del Nucleo Esencial Del Derecho Fundamental Al Acceso Y Desempeño De Funciones Publicas. Medio De Defensa Judicial . Improcedencia De La Accion De Tut
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho Y Derecho Al Debido Proceso
- No es idónea para protegerlo
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho Y Derecho Al Desempeño De Cargos Y Funciones Publicas
- No es idónea para protegerlo
Accion De Tutela Transitoria
- Imposibilidad de otorgar más de lo que puede dar el mecanismo principal
Registrador Nacional Del Estado Civil
- Remoción del cargo
- Periodo e inaplicación por inconstitucionalidad del acto de nombramiento
- Inaplicación por inconstitucionalidad de acto de nombramiento
Revocacion Directa De Nombramiento
- Administración debe acudir a la jurisdicción
Perjuicio Irremediable
- Inexistencia cuando no es viable la protección in natura del derecho fundamental
Acto Administrativo
- Publicidad no tiene relación con su existencia sino con su oponibilidad
Acción De Tutela
- Improcedencia cuando hay caducidad de la acción principal
- Procedencia pago de indemnización
Acto Propio
- Respeto
Derecho De Acceso A Cargos Publicos Y Perjuicio Irremediable
- Nombramiento de la otra persona está amparado por presunción de legalidad
Derecho De Acceso A Cargos Publicos
- Designación de otra persona para ejercer el cargo de Registrador Nacional
- No debe haber duda sobre titularidad del derecho subjetivo a ocupar el cargo
- Alcance
Excepcion De Inconstitucionalidad
- No aplicación frente a acto administrativo subjetivo
14 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR, por cuanto la accion resultaba improcedente, la sentencia del 27 de octubre de 1999, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, D. C., Sala Laboral, que a su vez confirmo el fallo del 17 de septiembre del mismo ano, mediante el cual el Juzgado
- Septimo. Laboral del Circuito de Bogota nego la tutela.
- SEGUNDO. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a51
T-127/01Derechos De Defensa Trabajo Y Debido Proceso. Contribuyentes Inscritos En El Regimen Simplificado Como Responsables Del Iva. Reclasificacion Al Regimen Comun. Negada.T-812/00Debido Proceso. No Se Entregaron Recursos Del Presupuesto Al Municipio De Fredonia Por Recibo Extemporaneo De Documentos. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-770/00Derecho De Peticion. Regimenes De Transicion. Mesadas Pensionales Decretadas Y No Pagadas. Concedida Parcialmente.T-625/00Derecho Al Trabajo. Solicitud De Pago De Indemnizacion Por Cancelacion De Tarjeta De Operaciones De Taxi. Inmovilizacion Del Vehiculo. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-1625/00Derecho Al Trabajo Libertad Debido Proceso Y Defensa. Tramite Del Recurso De Casacion. Interpretacion Judicial. Principios De Favorabilidad Stare Deciris Y Doble Instancia. Via De Hecho. Negada.C-1436/00Ley 80 De 1993. Arts. 70 Y 71. Estatuto De Contratacion De La Administracion Publica. Arbitramento. Limites. Control De Legalidad Sobre Los Actos Administrativos. Resolucion De Conflictos Surgidos En Los Contratos Celebrados Entre El Estado Y Los Particulares. Exequible.
Ver las 51 →Citada por505
C-293/24Inexequible Inhabilidad Para Desempeñar El Cargo De Defensor Del Pueblo Y Los Demás Cargos De La Defensoría Del Pueblo, Cuando Existe Una Resolución De Acusación En Contra O Su EquivalenteT-564/23Derechos A La Personalidad Jurídica, Nacionalidad Y Estado Civil-Debido Proceso En El Otorgamiento Y La Cancelación De Documentos De Identidad. Marco Legal Y Política Migratoria Especial Para El Vaso Venezuela.T-003/23Derechos A La Igualdad, Al Libre Desarrollo De La Personalidad Y Al Acceso A Cargos Públicos En Concurso De Méritos-Vulneración Al Exigir Carné De Vacunación Para Presentar Prueba De Conocimientos.C-030/23Titularidad De Lapotestad Disciplinaria, Funciones Jurisdiccionales De La Procuraduría General De La Nación E Independencia De La Accion.T-462/22Derecho A La Vivienda Digna-Improcedencia Por Incumplimiento Del Presupuesto De Subsidiariedad Y No Acreditar Perjuicio Irremediable.T-445/22Derecho A La Identidad Cultural, Autonomía Y Autodeterminación, Al Territorio Ancestral Y Colectivo, Debido Proceso Administrativo Y Subsistencia Étnica De Comunidades Indígenas-Orden De Inscribir La Comunidad Escindida Yajotja En El Registro Del Ministerio Del Interior Y Ante La Uariv, Además, Definir Situación Legal Del Resguardo En Un Término Razonable
Ver las 505 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.