Micelio
Sentencia de Unificación24 de mayo de 2001Sala Plena

SU- de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Jaime Calderon Bruges Vs. Consejo Nacional Electoral.

Tema · dato duro
Debido Proceso. Derecho Al Trabajo. Periodo Del Registrador. El Derecho Al Reconocimiento No Forma Parte Del Nucleo Esencial Del Derecho Fundamental Al Acceso Y Desempeño De Funciones Publicas. Medio De Defensa Judicial . Improcedencia De La Accion De Tut
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria
  • Imposibilidad de otorgar más de lo que puede dar el mecanismo principal
Registrador Nacional Del Estado Civil
  • Remoción del cargo
  • Periodo e inaplicación por inconstitucionalidad del acto de nombramiento
  • Inaplicación por inconstitucionalidad de acto de nombramiento
Revocacion Directa De Nombramiento
  • Administración debe acudir a la jurisdicción
Perjuicio Irremediable
  • Inexistencia cuando no es viable la protección in natura del derecho fundamental
Acto Administrativo
  • Publicidad no tiene relación con su existencia sino con su oponibilidad
Acción De Tutela
  • Improcedencia cuando hay caducidad de la acción principal
  • Procedencia pago de indemnización
Derecho De Acceso A Cargos Publicos Y Perjuicio Irremediable
  • Nombramiento de la otra persona está amparado por presunción de legalidad
Derecho De Acceso A Cargos Publicos
  • Designación de otra persona para ejercer el cargo de Registrador Nacional
  • No debe haber duda sobre titularidad del derecho subjetivo a ocupar el cargo
  • Alcance
Excepcion De Inconstitucionalidad
  • No aplicación frente a acto administrativo subjetivo
14 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR, por cuanto la accion resultaba improcedente, la sentencia del 27 de octubre de 1999, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, D. C., Sala Laboral, que a su vez confirmo el fallo del 17 de septiembre del mismo ano, mediante el cual el Juzgado
  2. Septimo. Laboral del Circuito de Bogota nego la tutela.
  3. SEGUNDO. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.