T-972 de 2001
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Hector Gonzalo Vallejo Guerrero Vs. Salud Condor S.A.·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Protección estatal
- Fundamental
- Transplante de hígado
- Transplante de hígado y repetición contra el FOSYGA
- Protección preventiva y no solamente en caso de gravedad
- Transplante de hígado a menor
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la Sentencia proferida por el Juez
- Tercero. Civil Municipal de Pasto el cinco (5) de febrero de 2001, en la que se decidió no tutelar los derechos invocados por el accionante.
- Segundo. CONCEDER la protección solicitada al derecho fundamental a la salud de los niños. En consecuencia, ORDENAR a la E.P.S. Salud Cóndor que en el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la presente sentencia, adopte las decisiones necesarias para que se le practique el transplante de hígado que requiere la menor de edad Karen Xiomara Vallejo Arias en una institución prestadora del servicio de salud con capacidad técnica adecuada para realizarlo. La E.P.S. podrá repetir en contra del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) para que éste asuma los gastos en que se incurran para garantizar el tratamiento de Karen Xiomara Vallejo Arias, según lo determinen los médicos especialistas en la materia.
- Tercero. ORDENAR a la Secretaría de Salud de Pasto y a la Secretaría de Salud de Nariño que presten a la E.P.S., de manera prioritaria y oportuna, la colaboración administrativa que ésta solicite para cumplir lo ordenado en esta providencia.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.