T-574 de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Olga Maria Piamba Muñoz·Demandado Salud Condor Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Atención en salud comprende todo cuidado, medicamento, intervención quirúrgica, prácticas de rehabilitación y exámenes de diagnóstico necesarios para el restablecimiento de la salud del paciente
- Reiteración de jurisprudencia de circunstancias en que procede su prestación
- Deber del Sistema de Seguridad Social en Salud proteger a personas que por su condición física o mental se encuentren en debilidad manifiesta
- Procedencia de tutela en el presente caso para el suministro de pañales, gastos de trasporte y tratamiento integral respecto a la enfermedad que padece el actor
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, vida digna.
La señora actúa en representación de su hijo quien sufrió un accidente de tránsito, y quedó cuadraplégico, por lo tanto requiere el uso de pañales, tratamientos, terapias, etc, los cuales no le han sido suministrados, solicita le sea brindado un tratamiento integral y la exoneración de copagos y cuotas moderadoras ya que es una persona de escasos recursos económicos y tiene a cargo a su hijo.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre el derecho fundamental a la salud de las personas en estado de discapacidad, la prestación de medicamentos y tratamientos no incluidos en el POS, el principio de atención integral en materia del derecho a la salud, la presunción de veracidad en materia de acción de tutela, se presume que la accionante no tiene la capacidad para asumir los costos de la enfermedad de su hijo, por lo tanto se decide acceder a las pretensiones, y se aclara que al estar afiliado el señor al régimen subsidiado el costo de las prestaciones excluidas del POS deberán ser asumidas por el respectivo ente territorial.
Concede.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Veinticinco Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Cali- Valle del Cauca, del 10 de febrero de 2010. En su lugar, CONCEDER la accion de tutela interpuesta por la senora Olga Maria Piamba Munoz y AMPARAR los derechos fundamentales a la salud y a la vida digna del senor Alexander Piamba Munoz.
- Segundo. En consecuencia, ORDENAR a la EPS-S Salud Condor suministrar: i) los panales desechables conforme a las necesidades de higiene personal del senor Alexander Piamba Munoz, ii) los gastos de transporte de aquellos desplazamientos que se relacionen con la atencion medica del paciente, iii) el tratamiento integral respecto de aquellas prestaciones que se relacionen directamente con el tratamiento y la enfermedad del senor Alexander Piamba y iv) que se exonere al senor Piamba Munoz del pago de copagos o cuotas moderadoras para acceder al servicio publico de salud.
- Tercero. Respecto de las ordenes i, ii y iii de la orden segunda de esta sentencia, autoricese a la EPS-S Salud Condor a ejercer la facultad de recobro ante el respectivo ente territorial.
- Cuarto. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.