T-1063 de 2012
Ponente Alexei Egor Julio Estrada
✓Demandante Carmen Rosalba Pacheco Y Otro·Demandado Alcaldia De La Union, Sucre Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Procedencia excepcional
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no ser sujeto de especial protección como madre cabeza de familia
- Motivación clara, expresa y detallada al concluir que no había autorización de prórroga de relación laboral
- Improcedencia por no cumplir requisito de inmediatez
- Necesidad de motivación
- Explicación de manera clara, detallada y precisa sobre las razones sobre las cuales se prescindirá del servicio
- Término razonable y oportuno
- Efectiva celebración de concursos públicos de méritos
- Procedencia excepcional
- Inexistencia de solicitud de prórroga del nombramiento
- Razones que puede invocar el nominador
- Discrecionalidad relativa
- Inaplicación de precedente
- Causales especiales de procedibilidad
- Requisitos generales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
En un primer caso se presenta la acción de tutela contra la Alcaldía Municipal de La Unión (Sucre), por desvincular a la accionante del cargo que desempeñaba en provisionalidad mediante un acto administrativo que no fue motivado adecuadamente.
En un segundo caso, se demandan las decisiones judiciales que dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, negaron las prestaciones de la accionante, quien había demandado a la Alcaldía de Palmira (Valle) por haberla desvinculado del cargo que desempeñaba en provisionalidad, mediante un acto administrativo sin motivación.
La Sala hace una referencia a los siguientes temas: 1º.
La necesidad de motivación de los actos administrativos que declaran insubsistentes a funcionarios en provisionalidad y, 2º.
Alcance de la tutela para controvertir actos de retiro.
Se declara la IMPROCEDENCIA de las acciones de tutela, en un caso por incumplimiento del requisito de subsidiariedad y en el otro, por el incumplimiento del requisito de inmediatez.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de segunda instancia proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Marcos (Sucre) el 13 de junio de 2012, que nego el amparo solicitado por la senora Carmen Rosalba Pacheco, en accion promovida contra la Alcaldia Municipal de la Union (Sucre). En su lugar, DECLARAR improcedente la accion de tutela por las razones expuestas en esta sentencia.
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia proferida por el Consejo de Estado, Seccion Quinta, el 18 de abril de 2012, mediante la cual resolvio declarar improcedente la accion de tutela instaurada por la senora Norby Cleves Villalobos contra el Consejo de Estado, Seccion Segunda, Subseccion B y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.