T-096 de 2018
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Esteban·Demandado Fiscalia General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
- Categorías o modalidades
- Procedencia excepcional
- Improcedencia por cuanto declaración de insubsistencia de nombramiento en provisionalidad se debió a nombramiento de quien ganó concurso de méritos
- Sistema especial de origen constitucional
- Goza de estabilidad intermedia
- Caso en que se declaró insubsistente nombramiento en provisionalidad de persona portadora de VIH/SIDA para proveer dic
- Autoridad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor aduce que la Fiscalía General de la Nación vulneró sus derechos fundamentales al declarar insubsistente su nombramiento en provisionalidad para proveer dicho empleo mediante el sistema de carrera, sin atender su condición de sujeto de especial protección constitucional derivada del hecho de ser portador de VIH/SID.
Se reitera jurisprudencia constitucional en torno a los siguientes temas: 1º.
La estabilidad laboral relativa o intermedia de los servicios públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera. 2º.
La situación especial de quienes se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta y 3º.
Naturaleza especial de la carrera administrativa de la Fiscalía General de la Nación.
Considera la Corte que la decisión de la accionada no desconoció los derechos del actor, puesto que estuvo sustentada en una causal objetiva y razonable que cuenta con amplio respaldo en la jurisprudencia constitucional.
Además, porque adoptó los mecanismos tendientes a que el retiro fuera de los últimos en efectuarse, sin que resultara posible su reubicación en otro empleo vacante.
Se DENIEGA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia el 28 de septiembre de 2017, que, a su vez, confirmo la dictada por la Sala de Decision Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota el 23 de agosto del mismo ano, en el tramite de la accion de tutela promovida por Esteban en contra de la Fiscalia General de la Nacion.
- SEGUNDO. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.