Micelio
Sentencia de Tutela24 de marzo de 2017

T-177 de 2017

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Josefina·Demandado Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio

Tema · dato duro
Regimen Especial De Seguridad Social En Salud De Docentes. Afiliacion De Sobrina Como Beneficiaria,
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Niños Y Niñas
  • Protección constitucional reforzada en el ámbito interno y en el ámbito internacional
Derecho A La Salud
  • Mecanismos esenciales e interrelacionados de disponibilidad, calidad, aceptabilidad y accesibilidad, según Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Derecho A La Seguridad Social En Salud Del Menor
  • Orden a Fondo de Prestaciones Sociales de Magisterio afiliar a sobrina de la accionante, al Subsistema de Salud del Magisterio
Familia
  • Clasificación
  • Núcleo fundamental de la sociedad
  • Igualdad de trato a sus diferentes formas de constitución
  • Principio de igualdad
  • Protección integral en el ordenamiento jurídico colombiano
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
Lenguaje Jurídico
  • Importancia
  • Es inadecuado utilizar la expresión “familias ensambladas” para calificar las familias
  • Jueces constitucionales tienen la obligación de omitir o de modificar aquellos conceptos que tienen una carga de exclusión o que califican ciertas conductas como adecuadas y otras como imperfectas
Regimenes Especiales De Seguridad Social En Salud
  • Deber de interpretación conforme a la Constitución
Familia De Crianza
  • Protección constitucional
  • Definición
Familia De Hecho
  • La crianza como un hecho a partir del cual surge el parentesco
Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Régimen de beneficiarios de servicios de salud
Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Principio que deben tener en cuenta las autoridades involucradas en la prestación de servicios de salud a niños, niñas y adolescentes
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Persona natural en representación de sobrina menor de edad
Proteccion De Los Diferentes Tipos De Familia
  • Marco constitucional y desarrollo jurisprudencial
17 temas · 23 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante, actuando en representación de una sobrina menor de edad sobre la cual tiene la custodia y cuidado personal, aduce que las entidades demandadas vulneraron derechos fundamentales de la niña al negar su vinculación al Subsistema de Salud del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en calidad de beneficiaria suya, bajo el argumento de no hacer parte del grupo familiar que se permite afiliar, en tanto no se ha surtido el trámite de adopción correspondiente.

Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.

El derecho fundamental de los niños, niñas y adolescentes a la salud y las obligaciones de las autoridades al respecto. 2º.

El régimen especial de seguridad social en salud aplicable a los docentes y a los pensionados afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. 3º.

Los regímenes especiales de seguridad social y el deber de interpretación conforme al Texto Superior. 4º.

La familia en el ordenamiento jurídico colombiano. 5º.

La crianza como un factor a partir del cual surge el parentesco y; 6º.

La declaratoria de custodia y sus implicaciones en la afiliación al sistema de seguridad Social en salud.

Se CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el veinticinco (25) de agosto de dos mil dieciseis (2016), por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, Sala Civil Familia Laboral que, a su vez, revoco la dictada el trece (13) de julio de dos mil dieciseis (2016) por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de San Jose del Guaviare. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales de Mariana a la integridad fisica, a la salud, a la seguridad social y a la vida digna, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio que, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia afilie a la menor de edad, Mariana, al Subsistema de Salud del Magisterio, en calidad de beneficiaria de la senora Josefina.
  3. TERCERO. Por Secretaria, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.