Micelio
Sentencia de Tutela20 de octubre de 1998

T-587 de 1998

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Maria Del Pilar Martinez

Tema · dato duro
Ders. Fundamentales De Los Niños. Der. A Tener Una Familia. Interes Superior Del Menor. Adopcion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Adopcion
  • Integración de núcleo familiar
  • Justificación de decisiones fundadas en motivos técnicos
Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella
  • Alcance por su vulneración
  • Aplicación de norma técnica carente de fundamento jurídico y científicamente cuestionable
  • Protección en los diversos vínculos que la originan
  • Derechos fundamentales conexos
  • Justificación de decisiones que se fundamentan en motivos técnicos
  • Menores abandonados o expósitos
  • Primacía constitucional
  • Sujetos titulares
Debido Proceso De Adopcion
  • Defensa de interés del menor adulto
Instituto Colombiano De Bienestar Familiar
  • Justificación de decisiones que se fundamentan en motivos técnicos
  • Sujeción al derecho
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
  • Asunto puramente constitucional y arbitraria transgresión de derechos fundamentales
Proceso De Adopcion
  • Sometimiento a valores, principios y derechos constitucionales
  • Forma de actuar por inexistencia de regla precisa de acción
Regimen De Adopcion
  • Especial importancia constitucional
Accion De Tutela Transitoria
  • Edad del actor
  • Perjuicio iusfundamental irremediable
Comite Tecnico De Adopciones Del Instituto Colombiano De Bienestar Familiar
  • Ausencia de notificación de decisión al menor o defensora
  • Inexistencia de regla jurídica que defienda la primogenitura
Medio De Defensa Judicial Ordinario
  • Desproporción y costos en términos de eficiencia
Sistema General De Adopciones
  • Adecuación a los imperativos constitucionales
Politica Publica De Adopcion
  • Especial interés por el Estado
Principio De Dignidad Humana
  • Aplicación de norma técnica carente de fundamento jurídico y científicamente cuestionable
16 temas · 29 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (14 puntos)
  1. R E S U E L V E
  2. Primero. REVOCAR las sentencias de marzo 5 de 1998, proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogota y de abril 3 de 1998, proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia y, en su lugar, CONCEDER, a la actora, la tutela de sus derechos fundamentales a tener una familia y al debido proceso.
  3. Segundo. ORDENAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 1, 2, 44 y 209 de la Carta, 105 del Codigo del Menor y en la Resolucion 14587 - que ordena el tramite preferencial de la solicitud de adopciones de ninos de mas de 7 anos - continue, de manera pronta y diligente, el tramite correspondiente a la solicitud de adopcion de Maria del Pilar Martinez, elevada por los ciudadanos belgas Jacques y Brigitte Ribant. Para estos efectos, los funcionarios competentes deberan informar cada 15 dias a las instancias competentes de la Procuraduria General de la Nacion y a la Defensoria del Pueblo, sobre el resultado de los tramites realizados y resolver, con la mayor presteza y diligencia posible, todos los inconvenientes que puedan presentarse en el presente tramite.
  4. Tercero. Compulsar copias de la presente decision, al senor Ministro de Salud asi como al senor Director General del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, a la Procuraduria General de la Nacion y a la Defensoria del Pueblo, para que cada una de estas instituciones, dentro de sus competencias, adelante las investigaciones que surjan de los hechos que constan en el expediente y adopten los correctivos necesarios para adecuar, a los imperativos constitucionales, el sistema general de adopciones.
  5. Cuarto. INSTAR a la Defensoria del Pueblo para que asuma la defensa judicial de la actora a fin de que se aclare si tiene derecho a la correspondiente reparacion de perjuicios por los danos que eventualmente le ha podido producir el comportamiento institucional que se ha analizado.
  6. Quinto. Compulsar copia de la presente decision a la senora Consul General de Colombia en la ciudad de Bruselas (Belgica), a fin de que, en el menor tiempo posible, surta la correspondiente notificacion y entrega a los senores Brigitte Alberte Jeanne Jacqueline Godfroid y Jacques Edmond Jules Philippe Ribant. Segun la informacion que obra en el expediente, la direccion de los esposos Ribant es la siguiente:
  7. Rue de l"Embleve, 8
  8. 1160 Bruselas
  9. El senor Jacques Ribant puede ser localizado en su lugar de trabajo:
  10. Banque Degroof
  11. Rue de l"Industrie, 44-B
  12. 1040 Bruselas
  13. Tel. 32.2.287.97.57 - Fax. 32.2.230.62.49
  14. Sexto. LIBRESE comunicacion a la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogota con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por114
T-341/24Derechos De Petición Y A La Unidad Familiar-Imposibilidad De Reunificación Familiar De Padres Biológicos Con Niños, Niñas Y Adolescentes Que Fueron Dados En Adopción (Prevalece El Interés Superior Del Menor).T-121/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Cuidado, Custodia Y Régimen De Visitas En Caso De Violencia Intrafamiliar)-Desconocimiento Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes, Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella.T-005/24Derecho A La Vida E Integridad Personal De La Población Civil-Vulneración Del Por Actividades Cívicas O Integrales De Las Fuerzas Militares (En Zonas De Conflicto Armado) Con Participación De Niños, Niñas Y Adolescentes. Sentencia Con Efecto Inter Comunis.T-325/23Acción De Tutela Contra Decisión Judicial En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Menor De Edad Abandonada)-Vulneración Del Debido Proceso Y Desconocimiento Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes Por Violación Directa De La Constitución. Trámite De Adopción En Favor De Familia Solidaria.T-283/23Derecho Fundamental A Elegir Nombre, Personalidad Jurídica Y Filiación-Corrección Del Registro Civil De Nacimiento De Menores De Edad Y Actualización Del Nombre De La Progenitora.T-249/23Debido Proceso Administrativo En Trámite De Restablecimiento De Derechos De Niños, Niñas Y Adolescentes-Interés Superior Del Niño, Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella. Confirma Negativa Del Amparo Y Compulsa De Copias Ante La Fiscalía General De La Nación.
Ver las 114

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.