Sentencia de Tutela24 de septiembre de 1997
T-458 de 1997
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Dioselina Cañaveral Vda De Bonfante Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. A La Vida. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. No Pago De Mesadas Pensionales. Empresa En Concordato. An- Son Drilling. Concedida Parcial.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Minimo Vital
- Pago oportuno de mesadas pensionales
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
- Pago oportuno de mesadas pensionales por empresa en situación concordataria
Subordinacion E Indefension
- Pago oportuno de mesadas pensionales por empresa
Concordato Preventivo Obligatorio
- Pago preferente de mesadas pensionales
Derecho Al Minimo Vital De Persona De La Tercera Edad
- Prelación constitucional
Empresa En Liquidacion
- Activos insuficientes para pago de mesadas pensionales
Indefension
- No pago de mesadas pensionales por situación concordataria de empresa
Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social
- Protección derechos de pensionados en el trámite de concordato
Perjuicio Irremediable
- No pago oportuno de mesadas pensionales por situación concordataria de empresa
Principio Del Menor Daño Constitucional
- Aplicación
Superintendencia De Sociedades
- Protección derechos del pensionado en trámite de concordato
11 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- R E S U E L V E:
- Primero. REVOCAR las sentencias de noviembre 26 de 1996 (Exps. T-118462, 118463, 118464, 118465, 118466, 118467, 118468, 118469, 118470, 118472, 118474, 118475, 118476, 118477), noviembre 28 de 1996 (Exp. T-118619), noviembre 29 de 1996 (Exp. T-118675), diciembre 12 de 1996 (Exp. T-120583), diciembre 13 de 1996 (Exp. T-120628), enero 24 de 1997 (Exp. T-122985), enero 29 de 1997 (Exp. T-115103, 123280, 123281, 123284, 123286) proferidas por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia; la sentencia de noviembre 15 de 1996 (Exp. T-117717) proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva; la sentencia de noviembre 27 de 1996, proferida por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogota (Exp. T-119033); la sentencia de diciembre 18 de 1996 (Exp. T-121070) proferida por el Juzgado 6deg Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogota; la sentencia de febrero 6 de 1997, proferida por el Juzgado 10 Civil del Circuito de Santa fe de Bogota (Exp. T-125944) ; la sentencia de febrero 7 de 1997, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga (Exp. T 125258); la sentencia de febrero 10 de 1997, proferida por el Juzgado 31 Civil del Circuito de Santa Fe de Bogota (Exp. T- 124257); la sentencia de febrero 11 de 1997, proferida por el Juzgado 19 Civil del Circuito de Santa Fe de Bogota (Exp. T-127758); la sentencia de febrero 28 de 1997, proferida por el Juzgado 26 Civil del Circuito de Santa Fe de Bogota (Exp. T-128732) ; la sentencia de marzo 12 de 1997, proferida por el Juzgado 23 Civil del circuito de Santa Fe de Bogota (Exp. T-128801); y, en su lugar, CONCEDER PARCIALMENTE, en los terminos de esta sentencia, las tutelas interpuestas por los pensionados de la sociedad An Son Drilling Company of Colombia S.A.
- Segundo. ORDENAR a quien ejerza las funciones de liquidador de la sociedad An Son Drilling Company of Colombia S.A. y al senor Superintendente de Sociedades, que al momento de asumir el pasivo de la empresa mencionada, hoy en liquidacion, sometan sus decisiones, integralmente, a los criterios constitucionales expresados en el fundamento 31 de esta decision.
- Tercero. INSTAR al senor Defensor del Pueblo para que, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, asuma la defensa judicial de los derechos de los trabajadores, ex trabajadores y pensionados de la sociedad An Son Drilling Company of Colombia S.A., en los terminos senalados en los fundamentos 12 y 32 de esta sentencia.
- Cuarto. LIBRESE comunicacion a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogota, a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, al Juzgado 1deg Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogota, al Juzgado 6deg Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogota, al Juzgado 3deg Civil Municipal de Santa Fe de Bogota, al Juzgado 5deg Civil Municipal de Santa Fe de Bogota, al Juzgado 25 Civil Municipal de Santa Fe de Bogota, al Juzgado 39 Civil Municipal de Santa Fe de Bogota, al Juzgado 52 Civil Municipal de Santa Fe de Bogota y al Juzgado 2deg Laboral del Circuito de Bucaramanga, con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por157
C-090/24Comportamientos Que Afectan A Grupos Sociales De Especial Protección Incluye Todas Las Formas De Irrespeto A Las Manifestaciones Y Reuniones En El Espacio Público O En Lugares Privados De Las Personas En Condición De Discapacidad.T-159/23Acción De Tutela Para Acceder Al Programa De Ingreso Solidario-Necesidad De Una Política Pública Con Perspectiva De Género. Carencia Actual De Objeto Por Pérdida De Vigencia Del Programa.C-197/23Pensión De Jubilación. Incremento Del Número De Semanas De Cotización Para Obtener Esta Prestación.T-253/21Accion De Tutela Contra Aseguradora-Improcedencia Por Incumplir Requisito De Subsidiariedad Y No Acreditar Perjuicio IrremediableT-130/21Debido Proceso, Mínimo Vital Y Derecho A La Salud De Miembro De Comunidad ReligiosaC-237/20Medidas Transitorias En Materia De Insolvencia En El Marco De La Emergencia Económica, Social Y Ecológica.
Ver las 157 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.