Micelio
Sentencia de Tutela23 de junio de 2023

T-228 de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Robles De Rodriguez Mercedes·Demandado Ministerio De Defensa; Fuerzas Militares De Colombia

Tema · dato duro
Acción De Tutela Para Reconocimiento De Sustitución De Asignación De Retiro En Las Fuerzas Militares-Vulneración Del Debido Proceso Al Negar La Prestación Pensional A Beneficiaria Del Causante.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sustitución Pensional
  • Desconocimiento de pruebas
  • Convivencia al momento de la muerte
  • Beneficiarios
  • Naturaleza, finalidad y principios constitucionales
Sustitucion De Asignacion De Retiro
  • Deberá acreditarse la condición de beneficiario
  • Naturaleza jurídica
Sustitucion Pensional Para Miembros De La Fuerza Publica
  • Requisitos conforme el Decreto 4433 de 2004
Accion De Tutela En Materia Pensional
  • Asignación mensual de retiro para miembros de la fuerza pública como derecho de naturaleza pensional
Derecho A La Sustitución Pensional, Seguridad Social Y Mínimo Vital
  • Concede amparo, interrupción de la convivencia resulta ajena a la cónyuge supérstite separada de hecho
Sustitucion Pensional O Pension De Sobrevivientes
  • Requisitos que deben cumplir el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite
Derecho A La Seguridad Social Y Sustitucion Pensional
  • Desconocimiento cuando se exige que se prueben circunstancias adicionales a las que están previstas en la ley
Acción De Tutela Y Requisito De Subsidiariedad
  • Flexibilidad en caso de sujetos de especial protección constitucional
9 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La actora tiene 87 años de edad y le atribuye a la accionada la vulneración de sus derechos fundamentales, como consecuencia de la negativa del reconocimiento de la sustitución de asignación de retiro de su esposo, con base en el incumplimiento del requisito de convivencia contemplado en el artículo 12 del Decreto 4433 de 2004.

Según la peticionaria, la norma que le era aplicable, en virtud del principio de favorabilidad, era el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 13 de la Ley 797 de 2003, el cual regula los requisitos de la sustitución pensional en el régimen general de pensiones.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el derecho a la sustitución pensional, específicamente respecto de la cónyuge supérstite en el régimen general de pensiones y en el régimen pensional especial de las Fuerzas Militares.

Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena el reconocimiento de la prestación reclamada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 24 de noviembre de 2022 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, que confirmó el fallo del 18 de octubre de 2022 del juez
  2. Primero. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Dorada, Caldas, que negó el amparo. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital de la señora Mercedes Robles de Rodríguez.
  3. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTO las resoluciones 5531 de 12 de mayo de 2022 y 7498 de 21 de julio de 2022, mediante las cuales la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares - CREMIL negó la solicitud de sustitución pensional de la accionante. En su lugar, ORDENAR a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares - CREMIL que, en el término de diez (10) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, profiera una nueva resolución en la que reconozca el derecho a la sustitución de la asignación de retiro de Desiderio Rodríguez Martínez (Q.E.P.D.) desde la fecha de fallecimiento del causante, de conformidad con las razones expuestas en esta sentencia.
  4. TERCERO. ORDENAR a la Personería Municipal de La Dorada, Caldas, que brinde acompañamiento en el trámite de reconocimiento de la sustitución pensional y, dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación de esta providencia, lleve a cabo la verificación de la situación de la señora Mercedes Robles de Rodríguez.
  5. CUARTO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.