T-572 de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Blanca Cecilia Villabona·Demandado Defensoria De Familia De Florida Blanca Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Traslado de interno cerca de donde residen sus hijos
- Intervención estatal debe estar fundada en razones poderosas
- Protección real por la comunidad internacional
- Deber de las autoridades administrativas en el decreto y práctica de restablecimiento de derechos
- Medida administrativa desproporcionada y arbitraria de ubicación en hogar sustituto por cuanto el estado de abandono nunca fue probado
- Protección estatal
- Fundamental
- Protección constitucional especial
- Dimensiones de la preservación
- Concepto sociológico
- Naturaleza
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Unidad familiar.
La madre del menor solicita mediante la acción de tutela que su hijo menor, de tres años de edad sea devuelto a su hogar.
El defensor de familia de Floridablanca mediante una diligencia de rescate, ingreso a la casa de la accionante, sustrajo al menor y lo ubico en un hogar sustituto, por que según denuncias de los vecinos se encontraba en abandono, la madre manifiesta que en ningún momento fue escuchada o se verificaron los hechos.
Para la Sala la decisión tomada por la Defensoría de familia fue desproporcionada, por que no se contó con pruebas suficientes que permitieran toma una medida tan grave como lo es la separación del menor de su núcleo familiar, se afectaron los derechos del menor y la madre a la unidad familiar.
Al momento de proferirse el fallo el menor ya ha vuelto a su hogar por lo tanto se declara improcedente el amparo por daño consumado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de amparo proferida el 3 de diciembre de 2008 por el Juzgado 4o del Circuito Administrativo de Bucaramanga, en el proceso adelantado por la senora Blanca Cecilia Becerra Villabona contra la Casa de Justicia, la Defensoria de Familia y la Alcaldia Municipal, todas ellas de Floridablanca.
- SEGUNDO. DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo solicitado por dano consumado.
- TERCERO. PREVENIR a la Defensoria de Familia, a la Alcaldia Municipal y al cuerpo de Policia de Floridablanca (Santander), para que, en lo sucesivo, se abstengan de incurrir en hechos semejantes a los examinados en la presente sentencia.
- CUARTO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.