Micelio
Sentencia de Tutela17 de febrero de 2011

T-093 de 2011

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Benjamin Fernandez Naranjo·Demandado Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Vejez Y Regimen De Transicion
  • Acumulación de los periodos cotizados al ISS y a la Caja de Previsión Social
  • Aplicación del Acuerdo 049/90
Pension De Vejez
  • Condicionar su reconocimiento a respuesta de ente territorial no es admisible constitucionalmente
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad social, mínimo vital.

El accionante a través de apoderado instauró la acción de tutela por considerar que con la negativa del ISS de reconocerle la pensión de jubilación le está vulnerando sus derechos fundamentales.

El accionante es una persona de 67 años de edad que manifiesta que cotizó al sistema de pensiones por más de 23 años, pero no de forma exclusiva al ISS, sino haciendo aportes durante un lapso de tiempo a una Caja de Previsión Social Regional.

La Sala de Revisión reitera jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento y pago de derechos prestacionales como un mecanismo necesario para garantizar la prevalencia de los derechos fundamentales, así como el alcance de la figura de pensión de vejez en el Sistema General de Seguridad Social en Pensiones.

Concedida. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Sogamoso y por la Sala Unica del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, que resolvieron negar la accion de tutela promovida por el senor Benjamin Fernandez Naranjo contra el ISS, y en consecuencia, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital del accionante.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS las resoluciones No. 043050 del 23 de octubre de 2006 y la No 030745 de 13 de julio de 2009, mediante las cuales el ISS denego la solicitud de reconocimiento y pago de la pension de vejez del senor Benjamin Fernandez Naranjo
  4. Tercero. ORDENAR al representante legal del ISS o a quien haga sus veces, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reconozca la pension de vejez en favor del senor Benjamin Fernandez Naranjo, de acuerdo con las semanas de cotizacion que se encuentren debidamente acreditadas, para lo cual debera aplicar la jurisprudencia de esta corporacion que permite la acumulacion de tiempos de servicios para ser beneficiario del regimen de transicion previsto en el articulo 12 del Acuerdo 049 de 1990, asi como las demas consideraciones de esta providencia sobre el reconocimiento del tiempo laborado por el peticionario en la Secretaria de Educacion del municipio de Sogamoso entre julio de 1990 y febrero de 1996.
  5. Cuarto. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por53
SU.218/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales Para Acceder A La Pensión De Vejez-Defecto Sustantivo Y Desconocimiento Del Precedente Constitucional Con Relación A La Acumulación De Tiempo De Servicios [aplicación Ultra Activa Del Decreto 758 De 1990 (Acuerdo 049/90)].SU.049/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Materia Pensional (Pensión De Vejez)-Defecto Sustantivo Y Desconocimiento Del Precedente Constitucional Con Relación A La Acumulación De Tiempo De Servicios [aplicación Ultra Activa Del Decreto 758 De 1990 (Acuerdo 049/90)].T-001/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales Para El Reconocimiento De La Pensión De Vejez-Desconocimiento Del Precedente Constitucional Con Relación Al Principio De Favorabilidad En La Acumulación De Tiempo De Servicios [aplicación Ultractiva Del Decreto 758 De 1990 (Acuerdo 049/90)].SU.273/22Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales Para El Reconocimiento De La Pensión De Vejez-Procedencia Por Desconocimiento Del Precedente Constitucional Con Relación Al Principio De Favorabilidad En La Acumulación De Tiempo De Servicios.T-219/21Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Procedencia Por Desconocimiento Del Precedente Constitucional Con Relación A La Acumulación De Tiempo De Servicios Para El Reconocimiento De La Pensión De VejezSU.317/21Acumulacion De Tiempos De Servicios Prestados Tanto En El Sector Privado Como En El Sector Publico Para Obtener Pension De Vejez
Ver las 53

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.