C-744 de 2012
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Nisson Alfredo Vahos Perez Y Otro·Demandado Decreto Ley 19 De 2012, Articulo 137
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Clases
- Concepto
- Limitada por el precedente jurisprudencial
- Carece de todo efecto despido o terminación de contrato sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo
- Constituye un derecho constitucional
- Constituye un derecho fundamental de orden laboral
- Alcance de la protección
- Improcedencia en casos de invalidez o pérdida de capacidad laboral de 50% o más
- Obligatoriedad de la aplicación del precedente jurisprudencial por parte del legislador ordinario y extraordinario
- Configuración por desbordamiento en límites intangibles
- Abolición de autorización previa del Ministerio de Trabajo para la terminación unilateral de contratos con personas con discapacidad
- Autorización previa del Ministerio de Trabajo para la terminación unilateral de contratos con personas con discapacidad es un trámite de carácter sustancial
- Facultades extraordinarias en Decreto de supresión de trámites respecto de la no discriminación de personas en situación de discapacidad
- Finalidad y criterios de sujeción del Ejecutivo precisos
- Sujeción de criterios orientadores de la política pública al ámbito de la habilitación
- Delimitación clara y concreta
- Configuración respecto de acciones afirmativas a favor de personas en situación de discapacidad
- Improcedencia de despido o terminación del contrato de trabajo sin previa autorización del Ministerio de Trabajo
- Configuración de excesos en norma que elimina la autorización previa del Ministerio de Trabajo para terminar contratos con personas d
- Configuración en norma que elimina la autorización previa del Ministerio de Trabajo para terminar contratos con personas discapacitadas
- Requisitos de la habilitación legislativa
- Presupuestos constitucionales para su otorgamiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 137 del Decreto Ley 19 de 2012.
Se acumulan demandas.
Según los demandantes, la norma acusada es inexequible porque el ejecutivo desbordó los límites de las facultades extraordinarias conferidas por el legislador, al catalogar de innecesario el trámite previo ante el Ministerio de Trabajo para terminar los contratos de trabajo de personas que presentan alguna discapacidad.
Así mismo, porque desconoce los derechos a la igualdad, a la estabilidad laboral reforzada y al debido proceso, al suprimir tal exigencia y dar así a ese grupo poblacional el mismo trato que a los demás trabajadores, omitiendo que son sujetos de especial protección constitucional.
La Corte determinó que la supresión de la autorización previa del Ministerio de Trabajo para terminar unilateralmente los contratos de trabajo de las personas con algún tipo de discapacidad, cuando exista justa causa, configura un exceso en el ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 1474 de 2011.
Se declara la INEXEQUIBILIDAD del artículo 137 del Decreto Ley 19 de 2012, que derogó el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, por el cargo de exceso en el ejercicio de las facultades extraordinarias. <br> <br> <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 361/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE el articulo 137 del Decreto Ley 19 de 2012, que derogo el articulo 26 de la Ley 361 de 1997, por el cargo de exceso en el ejercicio de las facultades extraordinarias.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.