C-160 de 2017
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Ley 2204 De 2016
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Verificación de los requisitos de necesidad estricta y conexidad objetiva, estricta y suficiente
- Verificación de límites formales y materiales
- Cumplimiento de criterios formales, al tenor de facultades
- Presidente cita erróneamente la fecha de entrada en vigencia del Acto Legislativo que le
- Procedimiento aplicable en control constitucional
- Relevancia de las condiciones en las cuales se ejerce por el Ejecutivo
- Jurisprudencia constitucional
- Propósito fundamental
- Deber jurídico
- Derecho de tercera generación
- Naturaleza
- Derecho subjetivo
- Control jurídico automático sobre decreto declaratorio y de desarrollo
- Control jurídico por la Corte Constitucional
- Control jurídico lo impone la Constitución
- Refrendación popular del Acuerdo Final, como condición para su entrada en vigencia
- Requieren de justificación estricta por parte del Presidente de la República
- Constante en la historia constitucional de Colombia
- Finalidad
- Interpretación del alcance de la habilitación debe ser estricta y restringida
- Control de constitucionalidad integral comprende aspectos formales y materiales
- No son homologables a las facultades extraordinarias otorgadas por el Congreso
- Sujeción a término o condición constituye elemento esencial
- Jurisprudencia constitucional
- Etapas
- Reseña histórica
- Efecto de la votación
- Participación ciudadana previa y posterior
- Propuestas de los promotores del NO
- Respeto, interpretación y desarrollo de buena fe de los resultados
- Resultado negativo, constituyó un mandato político del pueblo que vinculó al Presidente y no menguó sus competencias consti
- Cumplimiento de requisitos establecidos en sentencia C-699 de 2016
- Ejercicio de facultades de control político en Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y Construcción de una Paz Estable y Duradera
- Puede revestir al Presidente de facultades legislativas extraordinarias, cuando la necesidad lo exija o la conveniencia pública lo aconseje
- Alcance de las facultades excepcionales
- Juicio de necesidad aplicado en los términos de la sentencia desconoce la finalidad de la norma habilitante
- Juicio sobre pertinencia de la medida no debe confundirse con un examen sobre la urgencia y la idoneidad de las vías ordinarias de producción normativa
- Características
- Carácter formal y material
- Asuntos expresamente excluidos en la regulación mediante la habilitación legislativa extraordinaria
- Procedimiento legislativo especial para la paz (fast track) y facultades presi
- Dispositivos diferentes y con especificidades propias
- Papel esencial
- Presupuesto para la eficacia del Estado Social de Derecho
- Su búsqueda debe evitar a toda costa la fractura del orden constitucional
- Apertura de espacios de participación ciudadana y cambios al acuerdo sometido a consulta evidencian respeto a la decisión p
- Efectos del margen de diferencia electoral en análisis de desarrollo de buena fe de los resultados
- Participación de las tres ramas del poder público
- Colaboración armónica
- Fecha de surtimiento
- Jurisprudencia constitucional sobre etapas que exigía y competencia del Congreso para avalar dicho proceso
- Elementos
- Límites del concepto
- Verificación y certificados del Congreso de la República
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Ley 2204 de 2016, por el cual se cambia la adscripción de la Agencia de Renovación del Territorio.
El referido Decreto fue expedido en desarrollo de las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la República por el artículo 2º del Acto Legislativo 1 de 2016, por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la implementación y el desarrollo normativo del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.
Al revisar la constitucionalidad de la norma objeto de control, la Corte evaluó el cumplimiento de los requisitos de competencia material, conexidad, finalidad y estricta necesidad.
La Sala concluyó que los primeros requerimientos se cumplieron, más no el relacionado con el criterio de estricta necesidad que supone comprobar que la vía extraordinaria utilizada tenga efectivamente una justificación estricta por parte del Presidente de la República.
Precisó, que la norma no expuso una motivación mínima, real y suficiente acerca de la necesidad del uso de las facultades extraordinarias establecidas en el artículo 1º del Acto 1 de 2016.
Es decir, que no indica porqué resultaba necesario utilizar este camino y porqué las vías ordinaria y legislativa extraordinaria no eran idóneas para realizar la modificación de la adscripción de la Agencia de Renovación del Territorio, al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
INEXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 1/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- administrando justicia en nombre del pueblo, y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE el Decreto Ley 2204 de 2016, "por el cual se cambia la adscripcion de la Agencia de Renovacion del Territorio".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.