Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de noviembre de 2017Sala Plena

C-674 de 2017

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Acto Legislativo 01 De 2017

Tema · dato duro
Justicia Especial Para La Paz (Jep). Acto Legislativo 01 De 2017.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez Constitucional
  • Prudencia y auto control (self-restraint) en el ejercicio de sus competencias
Acto Legislativo 01 De 2017
  • Confusión del amicus curiae
  • Restricciones a los derechos de las víctimas
Acto Legislativo Que Crea Titulo Transitorio De La Constitucion Politica Para La Terminacion Del Conflicto Armado Y La Construccion De Una Paz Estable Y Duradera
  • Esquema de resolución de conflictos de competencias entre la Jurisdicción Especial para la Pa
  • Juicio de sustitución frente a los instrumentos de verdad, justicia, reparación y no repetici
  • Mecanismos de rendición de cuentas sobre gestión de la Jurisdicción Especial para la Paz
  • Modelo sancionatorio no desconoce el deber del Estado de investigar, juzgar y sancionar las g
  • Plazo de funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz y posibilidad de conformación
  • Problema de cultivos ilícitos y su relación con las normas dispuestas para el desarrollo de l
  • Régimen de responsabilidad por las sentencias objeto de revisión en la Jurisdicción especial
  • Reglas para adelantar revisión de sentencias por parte de la Jurisdicción Especial para la Pa
  • Regulación en lo relativo a extradición
  • Bases del modelo de persecución penal en el marco de justicia transicional
  • Competencia de la jurisdicción especial para la paz sobre delitos de ejecución permanente ini
  • Criterios específicos de imputación de la responsabilidad
  • Delegación al legislador para expedir normas procesales de la Jurisdicción Especial para la P
  • Determinación de responsabilidad de mando
  • Sanciones que puede imponer la Jurisdicción Especial para la Paz a los miembros de la Fuerza
  • Status jurídico del principio de independencia judicial
  • Regulación en lo relativo a participación en política
  • Sistema de selección y revisión de la acción de tutela
  • Status constitucional de la garantía del juez natural o competencia
  • Status constitucional del deber del Estado de respetar, proteger y garantizar los derechos de
  • Tratamiento diferenciado para Agentes del Estado que hubieren cometido delitos relacionados c
  • Tratamiento diferenciado para miembros de la fuerza pública
  • Tratamiento penal para reincidentes
  • Alcance de la condicionalidad del tratamiento penal ante Jurisdicción Especial para la Paz
  • Asuntos relacionados con la habilitación para ingreso a la función pública y posibilidad de c
  • Criterios para determinar cuándo una conducta fue cometida por causa, con ocasión o en relaci
  • Criterios para realizar la calificación jurídica de las conductas cometidas por los miembros
  • Delegación al legislador para garantizar la presunción de inocencia y posibilidad de reserva
  • Delimitación del ámbito de regulación deferido al legislador en relación con la Jurisdicción
  • Finalidad de las sanciones que imponga la Jurisdicción Especial para la Paz
  • Formas como se deben expedir las normas que rigen el procedimiento ante la Jurisdicción Espec
  • Inclusión de núcleos regulativos que se oponen a la garantía del juez natural
  • Intervención de la Procuraduría en la Jurisdicción Especial para la Paz
  • Régimen de transición mientras se hace nombramiento definitivo de Secretario Ejecutivo de la
  • Régimen disciplinario de los miembros de la Jurisdicción Especial para la Paz
  • Reglas para fijar el alcance del sistema especial de justicia en relación con los sujetos des
  • Sujeción a régimen de condicionalidades
Acto Legislativo Que Crea Titulo Transitorio De La Constitucion Para La Terminacion Del Conflicto Armado Y La Construccion De Una Paz Estable Y Duradera
  • Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición y Unidad de Búsqueda
  • Límite material de competencia de la Comisión de Conciliación
  • Parámetros de control
  • Fase de conciliación
  • Parámetros especiales de competencia del Acto Legislativo 01 de 2016
  • Restricciones a los derechos de las víctimas, no sustituye los principios estructurales del ordenamien
Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos
  • Tipo de medidas que deben ser consultadas
Consulta Previa
  • Consecuencia jurídica derivada de la omisión legislativa
  • Características
  • Contenido y alcance
Control Constitucional De Acto Legislativo Que Crea Titulo Transitorio De La Constitucion Para La Terminacion Del Conflicto Armado Y La Construccion De Una Paz Estable Y Duradera
  • Análisis de conexidad clara, especifica, necesaria o evidente con los temas
  • Principio de unidad de materia, identidad flexible y consecutividad
Control Disciplinario De Los Magistrados De La Jep
  • Esquema determinado por la Constitución Política y la Ley para los operadores de justicia
Deber Del Estado De Respetar, Proteger Y Garantizar Los Derechos De Las Personas
  • Contenido y alcance
  • Elemento definitorio del ordenamiento constitucional
Garantia Del Juez Natural
  • Contenido y alcance
Juicio De Unidad De Materia
  • Criterios fijados por la jurisprudencia constitucional
Jurisdicción Especial Para La Paz
  • Competencia
  • Competencia para establecer la responsabilidad penal de los miembros de las fuerzas militares con fundamento en la figura de la responsabilidad de mando
  • Competencia sobre terceros
  • Conformación
  • Creación de equipo especial de investigación para casos de violencia sexual dentro de la Unidad de Investigación y Acusación como asunto complementario en lo referente al desarrollo del enfoque diferencial y de género
  • Delimitación del alcance del fuero de atracción
  • Competencia y prevalencia sobre actuaciones penales, disciplinarias o administrativas, adelantadas en relación con conductas vinculadas con el conflicto armado
  • Objetivos
  • Posibilidad de sustituir sanciones que hubiesen sido impuestas por la Justicia ordinaria
  • Principio de independencia y autonomía
  • Régimen sancionatorio de los Magistrados
  • Incorporación de funciones con criterios de priorización y selección de casos
  • Alcance integral de las competencias
  • Dimensión temporal
  • Esquema de gobierno y administración
Procedimiento Legislativo Especial Para La Paz
  • Requisitos de competencia en el proceso de formación de los actos legislativos expedidos mediante dicho procedimiento
  • Características especiales
  • Control automático y único de constitucionalidad en relación con los actos legislativos expedidos con base en el procedimiento en mención
Principio De Autocontencion Judicial
  • Finalidad
  • Concepto
  • Consecuencias
Principio De Independencia Judicial
  • Garantías orientadas a preservar la neutralidad de los operadores de justicia
  • Componente medular del ordenamiento constitucional
  • Condición y presupuesto de la administración de justicia
  • Contenido y alcance
Reconocimiento De Los Derechos De Las Victimas
  • Eje transversal del sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición
Omision De Consulta Previa En Tramite Legislativo
  • Constituye una violación directa de la Constitución Política
Principio De Separacion De Poderes
  • Jurisprudencia constitucional
  • Contenido y alcance
Acuerdo Final Para La Terminacion Del Conflicto Y La Construccion De Una Paz Estable Y Duradera
  • Congreso está llamado a prever fórmulas jurídicas que desarrollen sus contenidos
Derechos De Las Victimas A La Verdad, A La Justicia Y A La Reparacion
  • Resultan admisibles ciertas restricciones pero también con límites
Independencia Judicial
  • Instrumentos internacionales
Iniciativa Legislativa
  • Jurisprudencia constitucional
Instrumentos De Verdad, Justicia, Reparacion Y No Repeticion
  • Aunque comportan una restricción a los derechos de las víctimas, la misma no configura una sustitución de los ejes transversales de la Constitución Política y, por tanto, el constituyente secund
Intervencion De Juristas Extranjeros En La Jurisdiccion Especial Para La Paz
  • Altera de manera sustantiva las dinámicas de deliberación de la JEP
Juicio De Sustitucion De La Constitucion
  • Carácter excepcional
  • Jurisprudencia constitucional
Principio De Unidad De Materia
  • Jurisprudencia constitucional
Sistema Integral De Verdad, Justicia, Reparacion Y No Repeticion
  • Componentes
  • Inclusión de enfoque territorial, diferencial y de género
Tramite Legislativo
  • Determinación de qué constituye “asunto nuevo"
Juez Constitucional
  • Prudencia y auto control (self-restraint) en el ejercicio de sus competencias
57 temas · 129 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión de constitucionalidad del Acto Legislativo 01 de 2017, por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones.

La Corte se declaró competente para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma de la referencia en virtud de lo dispuesto en el literal k) del artículo 1 del Acto Legislativo 01 de 2016, el cual establece un control automático y único de constitucionalidad en relación con los actos legislativos adoptados en desarrollo del Procedimiento Legislativo Especial para la Paz, con posterioridad a su entrada en vigencia.

Luego de realizar el correspondiente examen de procedimiento de formación de la norma y verificar el cumplimiento de los requisitos especiales de competencia, se declara la EXEQUIBILIDAD del acto legislativo 01/17, a excepción de los siguientes apartes normativos y expresiones que se declararon INEXEQUIBLES: a).

El inciso sexto del artículo transitorio 5º del artículo 1º. b).

La expresión “remisión que se efectuará en el momento que se considere adecuado por la JEP, después de haber realizado las verificaciones pertinentes”, contenida en el parágrafo 1º del artículo transitorio 5º del artículo 1º. c).

La expresión “Cuando se requiera la intervención de los juristas extranjeros, éstos participarán en los debates de la Sección en la que se hubiera requerido su intervención, en las mismas condiciones que los magistrados, pero sin derecho de voto”, contenida en el inciso 2º del artículo transitorio 7º del artículo 1º. d).

La expresión “Cuando se requiera la intervención de los juristas extranjeros, éstos participarán en los debates de la Sala en la que se hubiera requerido su intervención, en las mismas condiciones que los magistrados, pero sin derecho de voto”, contenida en el inciso 3º del artículo transitorio 7º del artículo 1º. e).

La expresión “de conformidad con las siguientes reglas:”, contenida en el inciso 3º del artículo transitorio 8º del artículo 1º. f).

El inciso 4º del artículo transitorio 8º del artículo 1º. g).

El inciso 5º del artículo transitorio 8º del artículo 1º, con excepción de la expresión “Las sentencias de revisión serán proferidas por la Sala Plena de la Corte Constitucional”, que se declara EXEQUIBLE. h).

El artículo transitorio 9º del artículo 1º. i) Las expresiones “a solicitud de alguno de los magistrados de la sección que conozca del caso” y “que el magistrado establezca”, contenidas en el inciso 2º del artículo transitorio 12 del artículo 1º. j).

La expresión “Una comisión integrada por un magistrado de cada Sala y un magistrado de cada Sección del Tribunal para la Paz que será elegida conforme al reglamento de la JEP, adoptará las medidas disciplinarias que correspondan conforme a la ley”, contenida en el primer inciso del artículo transitorio 14 del artículo 1º. y, k).

Los incisos 2º y 3º del artículo transitorio 16 del artículo 1º.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 1/17. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Acto_legislativo 1/17INEXEQUIBLE· parcial
Expresión declarada inexequible«- El inciso sexto del artículo transitorio 5º del artículo 1º. - La expresión “remisión que se efectuará en el momento que se considere adecuado por la JEP, después de haber realizado las verificaciones pertinentes”, contenida en el parágrafo 1º del artículo transitorio 5º del artículo 1º. - La expresión “Cuando se requiera la intervención de los juristas extranjeros, éstos participarán en los debates de la Sección en la que se hubiera requerido su intervención, en las mismas condiciones que los magistrados, pero sin derecho de voto”, contenida en el inciso 2º del artículo transitorio 7º del artículo 1º. - La expresión “Cuando se requiera la intervención de los juristas extranjeros, éstos participarán en los debates de la Sala en la que hubiera requerido su intervención, en las mismas condiciones que los magistrados, pero sin derecho de voto”, contenida en el inciso 3º del artículo transitorio 7º del artículo 1º. - La expresión “de conformidad con las siguientes reglas:”, contenida en el inciso 3º del artículo transitorio 8º del artículo 1º. - El inciso 4º del artículo transitorio 8º del artículo 1º. - El inciso 5º del artículo transitorio 8º del artículo 1º, con excepción de la expresión “Las sentencias de revisión serán proferidas por la Sala Plena de la Corte Constitucional”, que se declara EXEQUIBLE. - El artículo transitorio 9º del artículo 1º. - Las expresiones “a solicitud de alguno de los magistrados de la sección que conozca del caso” y “que el magistrado establezca”, contenidas en el inciso 2º del artículo transitorio 12º del artículo 1º. - La expresión “Una comisión integrada por un magistrado de cada sala y un magistrado de cada Sección del Tribunal para la Paz que será elegida conforme al reglamento de la JEP, adoptará las medidas disciplinarias que correspondan conforme a la ley.”, contenida en el primer inciso del artículo transitorio 14º del artículo 1º. - Los incisos 2º y 3º del artículo transitorio 16º del artículo 1º.»
Art. 1Acto_legislativo 01/17INEXEQUIBLE
Art. 1Acto_legislativo 01/17INEXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. Declarar la EXEQUIBLIDAD del Acto Legislativo 01 de 2017, en los terminos del capitulo de conclusiones de la parte motiva de esta providencia, con excepcion de los siguientes apartes normativos, que se declaran INEXEQUIBLES:
  2. El inciso
  3. sexto. del articulo transitorio 5o del articulo 1o.
  4. La expresion "remision que se efectuara en el momento que se considere adecuado por la JEP, despues de haber realizado las verificaciones pertinentes", contenida en el paragrafo 1o del articulo transitorio 5o del articulo 1o.
  5. La expresion "Cuando se requiera la intervencion de los juristas extranjeros, estos participaran en los debates de la Seccion en la que se hubiera requerido su intervencion, en las mismas condiciones que los magistrados, pero sin derecho de voto", contenida en el inciso 2o del articulo transitorio 7o del articulo 1o.
  6. La expresion "Cuando se requiera la intervencion de los juristas extranjeros, estos participaran en los debates de la Sala en la que se hubiera requerido su intervencion, en las mismas condiciones que los magistrados, pero sin derecho de voto", contenida en el inciso 3o del articulo transitorio 7o del articulo 1o.
  7. La expresion "de conformidad con las siguientes reglas:", contenida en el inciso 3o del articulo transitorio 8o del articulo 1o.
  8. El inciso 4o del articulo transitorio 8o del articulo 1o.
  9. El inciso 5o del articulo transitorio 8o del articulo 1o, con excepcion de la expresion "Las sentencias de revision seran proferidas por la Sala Plena de la Corte Constitucional", que se declara EXEQUIBLE.
  10. El articulo transitorio 9o del articulo 1o. - Las expresiones "a solicitud de alguno de los magistrados de la seccion que conozca del caso" y "que el magistrado establezca", contenidas en el inciso 2o del articulo transitorio 12 del articulo 1o.
  11. La expresion "Una comision integrada por un magistrado de cada Sala y un magistrado de cada Seccion del Tribunal para la Paz que sera elegida conforme al reglamento de la JEP, adoptara las medidas disciplinarias que correspondan conforme a la ley", contenida en el primer inciso del articulo transitorio 14 del articulo 1o.
  12. Los incisos 2o y 3o del articulo transitorio 16 del articulo 1o.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.