C-469 de 2017
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Revision Constitucional Del Decreto Legislativo 831/17
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Control de constitucionalidad de los decretos con fuerza de ley expedidos en virtud del Acto Legislativo 01 de 2016
- Instrumento para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera
- Requisito de conexidad objetiva
- Asuntos expresamente excluidos
- Ausencia de consagración en la Constitución del requisito de necesidad estricta
- Competencia de la Corte Constitucional en la revisión de los decretos dictados al amparo del artículo 2 del Acto Legislativo 01 de 2016 comprende aspectos formales y asuntos de índole sustantivo
- Competencia gubernamental
- Límites materiales
- Motivación
- Requisito de conexidad estricta o juicio de finalidad
- Requisito de conexidad suficiente
- Requisito de necesidad estricta
- Temporalidad
- Circunstancia excepcional que amerita acudir a las facultades presidenciales para la paz
- Urgencia
- Armonía e inescindibilidad del proceso
- Comprensión de todos los elementos necesarios para la consolidación de la paz
- Esencialidad de las medidas conexas a los acuerdos para el logro de la paz
- Carácter determinante para los resultados finales del proceso
- Cancelación
- Extensibilidad a cónyuges, compañeros permanentes, padres e hijos menores de 25 años que dependan económicamente del titular
- Terminación
- Igualdad de derechos civiles a nacionales y extranjeros
- Mantenimiento de status migratorio
- Permiso para realizar cualquier ocupación legal en el país
- Solicitud de nacionalidad
- Vigencia
- Carácter jurisdiccional, automático, participativo y posterior
- Aspecto de vital importancia para el éxito del proceso de paz
- Incumplimiento del requisito de necesidad estricta
- Reglas jurisprudenciales
- Protección constitucional
- Establecimiento constitucional
- Limitaciones de carácter material
- Procedimiento legislativo especial para la paz (fast track) y facultades presi
- Falta de motivación de la ausencia de idoneidad de los procedimientos ordinarios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión oficiosa de constitucionalidad del Decreto Ley 831 de 2017, por medio del cual se crea la visa de Residente Especial de Paz.
La visa a la que se hace referencia crea una categoría especial para regularizar la situación migratoria de los extranjeros integrantes de las FARC-EP que se encuentran en los listados entregados por representantes de dicha organización, una vez surtido el proceso de dejación de armas y tránsito a la legalidad.
El titular de dicho documento quedará autorizado para ejercer cualquier ocupación legal en el país y concede la posibilidad de optar por la nacionalidad colombiana en los mismos términos de la Ley 43 de 1993.
Dicho Decreto regula aspectos específicos del tipo de visado, tales como las causales de terminación de la vigencia y de cancelación, estrechamente vinculados al cumplimiento de los compromisos derivados del Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación del proceso de reincorporación y de la ley penal colombiana.
La Corte concluye que la norma se ajusta a los requisitos constitucionales del procedimiento en su formación, tanto de forma como de competencia y sus disposiciones resultan acordes con el ordenamiento constitucional vigente y guardan coherencia e integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del Acuerdo Final.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 43/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el Decreto Ley 831 de 2017 "Por medio del cual se crea la Visa de Residente Especial de Paz".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.