C-694 de 2015
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Alirio Uribe Muñoz Y Otros·Demandado Ley 1592 De 2012
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Interacción entre procesos de justicia y paz con justicia ordinaria según Ley 1592 de 2012
- Previsión especial entre procesos de justicia y paz no implica que no se tenga obligación con la justicia ordinaria
- Ruptura de unidad procesal según Ley 975 de 2005
- Límites
- Respeto por la soberanía nacional
- Eliminación de incidente de identificación de afectaciones previsto en Ley 1592 de 2012
- Se revive modelo de reparación judicial regulado en Ley 975 de 2005 según sentencias C-180/14 y C-286/14
- Figura procesal
- Soporte sobre varias ciencias y teorías
- Características especiales
- Modificación del Código de Procedimiento Penal
- Cargo de inconstitucionalidad por permitir bajo condiciones entrega de bienes sin vocación reparadora afectando derecho a reparación integral de víctimas
- Cargo de inconstitucionalidad al no disponer que víctimas tengan derecho a decidir qué bienes tienen o no vocación reparadora
- Norma no contempla como causal de exclusión de los beneficios de justicia y paz, que el aspirante al favorecimiento legal denuncie, ofrezca o entregue solo bienes
- Norma omite prever un deber a cargo del Estado de investigar e imponer sanciones efectivas, adicionales a la exclusión del individuo, por eventuales ilícitos de fr
- Contribución a la justicia transicional
- Importancia
- Grave afectación al permitir que bienes de desmovilizados se trasladen a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a Víctimas, cuando reparación no es adminis
- Remisión a Ley 1448 de 2011
- Adopción de medidas frente a incautación de bienes entregados, ofrecidos o denunciados por postulados a beneficios extraditados
- Principio de integralidad
- Principio de proporcionalidad
- Principios y criterios para la adjudicación
- Efectividad en relación con bienes entregados, ofrecidos o denunciados por postulados a beneficios extraditados
- Estándares internacionales
- Interés de víctimas en allegar información sobre bienes con vocación reparadora para garantizar reparación efectiva
- Contenido y alcance
- Dimensión individual y colectiva según el derecho internacional contemporáneo
- Escenarios diferentes según jurisprudencia administrativa
- Garantías de no repetición
- No existe vulneración por criterios de priorización en la medida que se funda en criterios racionales
- Efectividad
- Adopción de medidas para facilitar participación en procesos judiciales, de postulados a beneficios que se encuentren en jurisdicción extranjera por efecto de extradición concedida
- Contenido no es igual en delitos ordinarios que en crímenes internacionales, ni en forma de investigarlos
- Garantías
- Eficacia
- Implicaciones según Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Instrumento de lucha contra la impunidad
- Instrumentos judiciales y extrajudiciales
- Reconocimiento de víctimas como titulares de violaciones graves de derechos humanos
- Afectación al excluir a víctima de posibilidad de solicitar audiencia de terminación de proceso de justicia y paz
- Conexión existente según Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Exclusión de lista de postulados a beneficios
- Participación activa de víctimas en escenarios judiciales o extrajudiciales
- Falta de certeza
- Inhibición no impide acudir a jurisdicción de lo contencioso administrativo para reclamar pago de reparación integral
- Cargo no cumple requisitos de certeza, suficiencia, especificidad, claridad y pertinencia
- Inhibición por inepta demanda
- Criterios especiales para protección de víctimas
- No se estructuró verdadero cargo contra expresión “y hasta el término de la condena ordinaria allí establecida”
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
- Norma no dispone que entrega de bienes que no tengan vocación reparadora por parte de postulado a beneficios constituya causal de terminación de proceso de justicia y paz
- Requisitos mínimos
- No es absoluto
- Deber del Estado de adoptar instrumentos de política criminal
- Se funda sobre principio de equivalencia entre daños ocasionados y reparación a otorgar
- Aplicación temporal de Ley 975 de 2005 para caso de desmovilizados colectivos en el marco de acuerdos de paz
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Aplicación de criterios de priorización
- Esclarecimiento
- Establecimiento de patrón de macrocriminalidad cuando víctima haya denunciado
- Figura de la cosa juzgada internacional
- Atribución de competencias
- Garantiza prevención de acciones u omisiones con las cuales derechos de víctimas sean vulnerados o amenazados
- Garantiza reintegración a la sociedad de personas en iguales circunstancias fácticas de desmovilizados antes del 25 de julio de 2005
- Determinación de bienes cautelados en procesos de justicia y paz
- Incidente de oposición de terceros a medidas cautelares sobre bienes incautados en procesos de justicia y paz
- Posibilidad de extinguir el derecho aunque bienes sean objeto de sucesión por muerte o titularidad de herederos de postulados a beneficios
- Imposición de medidas cautelares sobre bienes en procesos de justicia y paz
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Naturaleza jurídica
- Características
- Norma asegura garantía del derecho a la verdad y reparación
- Procedimiento especial
- Fundamento
- Mecanismo de cooperación internacional para combatir el crimen y erradicar la impunidad
- Modificación radica en que perspectiva debe ser bajo óptica de patrón de macrocriminalidad en actuar de grupos armados al margen de la ley
- Adopción de técnicas de investigación criminal
- Criterios de priorización empleados, coinciden con los adoptados por instancias penales internacionales
- Utilización de estrategia de priorización no desconoce derechos de víctimas
- Reglamentación y adopción de metodologías para recepción de versiones libres colectivas o conjuntas
- No conllevan a la indebida investigación de los hechos
- Reemplazo por incidente de identificación de afectaciones causadas a víctimas
- Reforma sobre aplicación de criterios de priorización
- Criterios de priorización no desconocen deber internacional de realizar procesos penales de forma seria, imparcial y en un plazo razonable
- No vulnera derechos de las víctimas en la medida en que reconstrucción de patrones macrocriminales, permite explicar comisión de múltiples crímenes
- Fundada en preacuerdos y negociaciones
- Finalidades
- Finalidad
- Objetivo específico de compensaciones a víctimas de violaciones de derechos humanos
- No se agota en lo puramente patrimonial
- Concepto y alcance
- Contexto histórico
- Elementos fundamentales
- Finalidad
- Fortalecimiento de la democracia
- Metodologías para aplicar criterios de priorización de la política criminal
- Modelo a aplicar en virtud de ampliación de vigencia de norma a desmovilizaciones posteriores al 25 de julio de 2005, es el mismo de justicia y paz
- Priorización de la política criminal
- Prórroga del marco de medidas para lograr la paz
- Sistema de justicia de características específicas que debe aplicarse de manera excepcional
- Ampliación de valores y principios a través de extensión de la vigencia de Ley de Justicia y Paz
- Conjunto de procesos de transformación social y política profunda
- Criterios de priorización en investigaciones
- Garantía del derecho a la verdad, justicia y reparación de víctimas que permita reintegración económica de miembros de grupos armados
- Mecanismos judiciales o extrajudiciales
- Medidas administrativas
- Modalidades para garantizar derecho a la reparación integral de víctimas de violaciones graves
- No afecta bienes adquiridos en proceso de reintegración, frutos de los mismos, ni los adquiridos de forma lícita con posterioridad a desmovilización
- Reconciliación
- Reconocimiento de víctimas
- Restablecimiento de la confianza pública
- Facultad de expedir normas en materia de justicia transicional
- Proporcionalidad y razonabilidad
- Afectación de bienes de postulados a beneficios adquiridos como resultado de proceso de reintegración
- Aplicación a personas desmovilizadas
- Comisión de delito no sólo implica pérdida de beneficio de sustitución condicional de la pena sino exclusión inmediata de postulado a beneficios
- Derecho de víctimas a denunciar bienes de postulados a beneficios o de terceros que se hayan transferido ilegalmente
- Desmovilización
- Entrega de bienes destinados a programas de reparación integral y restitución de tierras
- Etapa pre procesal ante Fiscalía General de la Nación
- Fase judicial
- Fases de imputación y aceptación de cargos
- Formulación de imputación de hechos
- No podrá haber nuevas desmovilizaciones colectivas por lo cual no se aplicara a nuevos grupos al margen de la ley creados en los últimos años
- Nuevas postulaciones y restricciones temporales
- Postulación
- Postulación de desmovilizados al procedimiento penal especial
- Razones que motivaron la reforma
- Tipos de postulaciones
- Verificación de procesos de elegibilidad frente a desmovilización individual y colectiva
- Vocación reparadora de bienes ofrecidos por postulados a beneficios
- Ampliación del plazo de aplicación de Ley 975 de 2005 frente a hechos nuevos, garantiza finalidades de la justicia transicional de un número mayor de postulados a beneficios y víctimas
- Ampliación del término frente a nuevos hechos no afecta aplicación del Marco Jurídico para la Paz
- Ampliación del término permite aclaración definitiva de situación jurídica y reintegración de desmovilizados con posterioridad a vigencia de Ley 975 de 2005
- Cierre de postulaciones colectivas y plazos especiales para personas desmovilizadas
- Constitucionalidad frente a la ampliación del término de los hechos
- Desarrollo de fase de alistamiento como etapa para analizar y determinar grado de vocación reparadora de bienes denunciados
- Etapa administrativa
- Etapa procesal
- Falta de vocación reparadora no puede ser imputable a propósito de postulado a beneficios de defraudar derechos de víctimas
- Levantamiento de medidas cautelares por solicitud de terceros
- Nueva aplicación temporal de Ley 975 de 2005
- Proceso de extinción de dominio de bienes de desmovilizados
- Reforma establece cierre definitivo del sistema de postulaciones
- Restricción de nuevas postulaciones
- Restricción temporal a postulaciones y exclusión de nuevas desmovilizaciones colectivas
- Versión libre de desmovilizado
- Limitación del recurso de apelación a asuntos de fondo en materia judicial no afecta garantías procesales
- Jurisprudencia constitucional
- No es necesaria bajo estrictas circunstancias
- Reemplazo por medida no privativa de la libertad
- Restricciones materiales a la procedencia
- Norma señala obligaciones para cumplir finalidades una vez otorgado el beneficio
- No afectan derechos de las víctimas, por el contrario, permiten salvaguardarlos en dos fases
- Procedimientos especiales para evitar obstáculos frente a proceso de restitución de tierras
- Criterio de necesidad en su aplicación y finalidades
- Limites a regulación del legislador por criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Amplia facultad del legislador para regular procedencia o improcedencia
- Naturaleza jurídica y carácter preventivo
- Sometimiento a estrictas exigencias que estructuran su legalidad
- Aceptación de cargos y priorización
- Criterios de priorización de casos
- Ambito, interpretación y aplicación normativa
- Aplicación a hechos ocurridos con anterioridad a fecha de desmovilización para el caso de desmovilizados colectivos
- Criterios de priorización en interpretación de enfoque diferencial
- Medida para agilizar trámite de procesos de justicia transicional
- Priorización
- Vigencia, derogatorias y ámbito de aplicación temporal
- Autonomía del legislador
- Medidas normativas
- Técnicas de priorización
- Priorización
- Distinción entre restricciones
- Determinación de la vigencia de Ley de Justicia y Paz
- Limitados por restricciones legales que tutelan derechos de las víctimas
- Figuras que no vulneran el debido proceso
- Formas de terminación anticipada del proceso penal
- Consecuencias
- Materialización
- Metodologías
- Clasificación
- Complejidad en la identificación
- Recomendaciones
- Reconstrucción
- Consagración constitucional
- Justificaciones
- Alcance
- Instrumento de política criminal
- Requisito de necesidad
- Test de proporcionalidad en sentido estricto
- Objeto del proceso penal
- Carácter excepcional
- Reconciliación real de la sociedad
- Reparación requiere esfuerzos para identificar bienes de desmovilizados de procedencia ilícita
- Componente resocializador
- Prevalencia y objetivos específicos del derecho penal
- No vulnera derechos de las víctimas
- Desarrolla principios de la función pública
- Acumulación de procesos y penas
- Beneficio de pena alternativa
- Cargos de inconstitucionalidad respecto a posibilidad de aplicar criterios de priorización
- Celeridad
- Concentración de audiencias no desconoce deber del Estado de adelantar investigación seria e imparcial
- Concentración de audiencias termina reduciendo el término del proceso
- Interposición de recursos contra sentencias y autos interlocutorios
- Limitación de recursos procesales
- Norma debió declararse inhibida a partir del supuesto que postulado ha sido extraditado para facilitar contribución a la verdad, justicia y reparación aun cuando no estatuye ni permiso, ni orden, ni prohibición de extraditarlos
- Objeto
- Procedencia de recurso de apelación contra sentencias y autos que resuelvan asuntos de fondo sin interposición previa de recurso de reposición
- Suspensión de investigaciones en contra de postulado a beneficios por Fiscal de conocimiento en jurisdicción ordinaria
- Terminación anticipada cuando imputado acepta responsabilidad
- Terminación cuando postulado a beneficios no haya entregado, ofrecido o denunciado bienes adquiridos por él o grupo armado al margen de la ley
- Trámite excepcional para restitución de tierras
- Versión libre y confesión del postulado a beneficios
- Cargo de inconstitucionalidad por cuanto expresión acusada condiciona continuación de procesos de extinción de dominio sobre bienes entregados u ofrecidos por postulado a beneficios antes de su fallecimiento
- Causales de revocatoria de la pena alternativa
- Concentración de audiencias no viola derecho de participación de víctimas
- Integración de medidas de justicia transicional
- Participación e identificación de daños causados a víctimas o sus representantes
- Postulación e imputación de hechos
- Procedencia del recurso de reposición
- Terminación anticipada cuando hechos imputados a postulado a beneficios, hacen parte del patrón de macrocriminalidad esclarecido por sentencia según criterios de priorización
- Determinación de responsabilidad penal individual
- Finalidad principal
- Excepciones al deber de juzgar y condenar a penas adecuadas y proporcionales a responsables de crímenes investigados
- Prevención especial positiva mediante resocialización por reintegración de actores armados
- Deber de tener en cuenta criterios diferenciales en investigaciones y juicios para adoptar medidas afirmativas en beneficio de grupos poblacionales más vulnerables
- Remisión a Ley 1448 de 2011
- Remisión de Ley 1592 de 2012 a Ley 1448 de 2011
- Aplicación de figuras esenciales para que sea efectivo y se adelante en un plazo razonable
- Presunciones de despojo y compensaciones en especie
- Protección especial en virtud del principio de enfoque diferencial
- No afecta derechos de víctimas
- No afecta el principio de responsabilidad de acto
- Limites
- Importancia
- Alcance
- Jurisprudencia Constitucional
- Concepto y evolución
- Control de convencionalidad por Consejo de Estado
- Derecho fundamental
- Diálogo judicial según Consejo de Estado
- Elementos importantes del concepto, según Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Principio general del derecho
- Construcción dogmática del concepto por Consejo de Estado
- Diálogo interjudicial según Consejo de Estado
- Finalidad
- Flexibilización del principio extra o ultra petita según Consejo de Estado
- Fundamento en cláusulas constitucionales y normas de derecho internacional que hacen parte del bloque de constitucionalidad
- Valoración de los daños
- No se limita o excluye participación de otras unidades de la Fiscalía General de Nación o su acceso a información en procesos de justicia y paz
- Deber de postulados a beneficios de contribuir activamente
- Actos de contribución
- Financiación del pago de programas de reparación administrativa
- Incorporación de figura de extinción de dominio para lograr participación más activa de grupos armados al margen de la ley
- Imposición de medidas cautelares sobre bienes, para efectos de extinción de dominio y restitución jurídica y material de tierras a despojados y desplazados
- Jurisprudencia constitucional
- Opera diferente a un derecho humano
- Desconocimiento al imponer límites a víctimas de daños causados por crímenes de lesa humanidad
- Ampliación del concepto en la jurisprudencia interamericana
- Instrumentos y decisiones de la Organización de Naciones Unidas
- Alcance, modalidades y monto dependerán de daño ocasionado en cada caso concreto
- Medida tendiente a hacer desaparecer efectos de violaciones cometidas
- Modalidades
- Deberá regirse por Ley 1448 de 2011 salvo que existan medidas cautelares sobre bienes
- Salvaguarda derechos a través de mecanismos que impiden disposición fraudulenta de bienes
- Criterios de racionalidad y proporcionalidad
- Finalidades
- Facultad del legislador para establecer causales, condiciones y regulación por razones de política criminal
- Medidas sustitutivas de pena de prisión y arresto
- No vulnera derecho a la verdad de víctimas
- Investigación centrada en revelación de patrones de macrocriminalidad mediante priorización, gracias a macroprocesos para solución de casos no priorizados mediante información recaudada
- Norma solo permite aplicación de sentencia anticipada
- Modificación garantiza principios de eficacia y celeridad
- Jurisprudencia constitucional
- Remisión a Ley 1448 de 2011
- Cosa juzgada parcial en sentencia C-286/14 frente a expresión “y contra el fallo del incidente de identificación de las afectaciones causadas”
- Imposición de medidas cautelares sobre bienes para efectos de extinción de dominio
- Improcedencia del recurso de casación contra decisión de segunda instancia
- Incidente de oposición de terceros a medida cautelar sobre bienes cautelados para efectos de extinción de dominio
- Informe a víctima sobre procedimientos de reparación integral en audiencia de incidente de identificación de afectaciones causadas
- Investigación sin perjuicio de aplicar criterios de priorización
- Investigación, procesamiento, sanción y beneficios judiciales de desmovilizados
- Labores de investigación y verificación de hechos admitidos por imputado
- Ley admite posibilidad de conflictos o colisiones de competencia entre Tribunales Superiores y cualquier otra autoridad judicial
- Modificaciones de Ley 1592 de 2012 a Ley 975 de 2005
- No afecta bienes adquiridos en proceso de reintegración, frutos de los mismos, ni los adquiridos de forma lícita con posterioridad a desm
- No podrá negarse concesión de pena alternativa cuando víctima no ejerza su derecho a participar en incidente de identificación de afectac
- Participación de víctimas del patrón de macrocriminalidad en incidente de identificación de afectaciones causadas
- Protección a víctimas de desplazamiento forzado expuestos a mayor riesgo por participación en proceso judicial especial
- Protección por Fiscalía General de la Nación de víctimas, testigos y peritos que pretenda presentar en juicio
- Reglamentación y adopción de metodologías para recepción de versiones libres colectivas o conjuntas
- Renuncia voluntaria a proceso de justicia y paz
- Requisitos para acceder a beneficios del proceso de desmovilización
- Requisitos para solicitar sustitución de medida de aseguramiento
- Restitución de bienes y cancelación de títulos y registros obtenidos en forma fraudulenta
- Solicitud de audiencia de terminación procede en cualquier etapa del proceso y debe ser presentada por fiscal del caso
- Solicitud por postulado a beneficios de terminación anticipada del proceso al aceptar responsabilidad por conductas imputadas
- Solicitud por postulado a beneficios desmovilizado en libertad, de audiencia de sustitución de detención preventiva en establecimiento ca
- Adopción de medidas conducentes a facilitar la participación en procesos judiciales, de postulados extraditados
- Antecedentes y aspectos esenciales
- Competencia de fiscal delegado según criterios de priorización establecidos por Fiscal General de la Nación
- Condenas posteriores a pena alternativa y bienes encontrados con posterioridad
- Contribución en procedimientos que se adelantan para restitución de predios despojados o abandonados
- Deber de postulados a beneficios de contribuir a reparación integral de víctimas
- Decreto de medida cautelar sobre bienes respecto de los que posteriormente se eleve solicitud de restitución
- Defensoría del Pueblo, previa audiencia de incidente de identificación de afectaciones causadas, explicara a víctimas rutas de acceso a p
- Desarrollo y definición de la verdad, justicia y reparación como derechos de las víctimas
- Esclarecimiento de la verdad
- Esclarecimiento del fenómeno de despojo de tierras
- Exclusión de lista de postulados a beneficios
- Garantías
- Implementación de programas de condonación y compensación de impuestos que afecten inmuebles destinados a reparación o restitución
- Suspensión condicional de ejecución de pena impuesta en justicia ordinaria
- Terminación de proceso de varios postulados a beneficios se puede decidir en la misma audiencia
- Trámite excepcional de restitución de tierras
- Verificación que postulado a beneficios no haya entregado, ofrecido o denunciado bienes adquiridos durante y con ocasión de su pertenenci
- Versión libre y confesión
- Solicitud programación de audiencia de formulación y aceptación de cargos
- Sustitución de medida de aseguramiento y deber de postulados a beneficios de continuar en el proceso
- Término para solicitar postulación por desmovilización de manera individual o colectiva
- Trámite de reparación colectiva administrativa por pluralidad de personas que ostenten dicha condición en incidente de identificación de
- Trámite legislativo de Ley 1592 de 2012
- Vocación reparadora de bienes entregados, ofrecidos o denunciados
- Actos de contribución a la reparación integral
- Aplicación integral de medidas de justicia transicional a víctimas
- Causales de terminación de proceso de justicia y paz
- Competencia de la Sala de conocimiento de justicia y paz
- Concentración de esfuerzos de investigación en máximos responsables
- Continuación de proceso por extinción del dominio de bienes entregados, ofrecidos o denunciados si postulado a beneficios fallece con pos
- Criterios de priorización de casos para garantizar derechos de víctimas
- Incidente de identificación de afectaciones causadas a víctimas
- Inclusión de víctimas en registros para acceder a programas de reparación integral y restitución de tierras
- Inexistencia de restitución directa en procesos judiciales para integrar medidas de justicia transicional
- Investigación para esclarecimiento de la verdad conforme a criterios de priorización que determine Fiscal General de la Nación
- Levantamiento de medida cautelar sobre bienes cautelados para efectos de extinción de dominio si decisión de incidente fuere favorable a
- No se afecta requisito de elegibilidad ni condición para acceder a sustitución de medida de aseguramiento cuando bien ofrecido o denuncia
- Pago de programas de reparación administrativa
- Participación de víctimas con características particulares en proceso penal especial y proceso judicial
- Pérdida de beneficio de pena alternativa si con posterioridad a sentencia y hasta término de condena ordinaria, beneficiario no entregó,
- Postulación de desmovilizados a procedimiento penal especial
- Procedencia de recursos
- Criterios de priorización en investigación y juzgamiento
- Definición de víctima
- Derecho a la verdad, justicia y reparación integral de víctimas
- Determinación si bien entregado, ofrecido o denunciado tiene o no vocación reparadora
- Disposición de bienes entregados, ofrecidos o denunciados destinados a programas de reparación integral y restitución de tierras
- Disposición de versión rendida por desmovilizado para elaborar y desarrollar programa para iniciar investigación, comprobar veracidad de
- Efectividad y aplicabilidad oportuna del derecho a la reparación
- Enfoque diferencial
- Entrada en vigencia de incidente de identificación de afectaciones causadas
- Formulación de imputación de cargos
- Garantías y medidas de protección a grupos expuestos a mayor riesgo
- Realización de labores investigativas para esclarecer patrón de macrocriminalidad de despojo y abandono forzado de tierras
- Reconciliación bajo criterios de priorización en investigación y juzgamiento
- Reintegración a la vida civil de excombatientes
- Reparación integral a víctimas
- Requisito de elegibilidad relacionado con entrega o denuncia de bienes adquiridos para garantizar derecho a la reparación
- Restitución jurídica y material de tierras a despojados y desplazados
- Saneamiento jurídico de bienes
- Solicitud de preclusión de investigación por extinción de acción penal en caso de muerte del postulado a beneficios
- Respeto por el debido proceso
- Constitucionalidad
- Forma de terminación abreviada del proceso penal que responde a una política criminal
- Nuevas concesiones y privilegios para postulados a beneficios, en detrimento de derechos de las víctimas
- Ambito de configuración normativa
- Perpetración de conductas dolosas lleva a exclusión inmediata de postulado a beneficios de Ley de Justicia y Paz
- Restricciones y condiciones que de no cumplirse darán lugar a revocatoria del beneficio
- Otorgamiento de beneficio, condicionado a no haber cometido delitos dolosos con posterioridad a desmovilización
- Calificación como provisional y definitiva
- Cosa juzgada material en sentencia C-370/06
- Cambio implicó reemplazar incidente de reparación integral por identificación de afectaciones
- Permisión cuando conductas hubieren sido cometidas durante y con ocasión de pertenencia a grupo armado al margen de la ley
- Solicitud por postulado a beneficios condenado por justicia penal ordinaria
- Revocación cuando postulado a beneficios incurra en cualquier causal de revocatoria
- Factores objetivos y subjetivos para concesión
- Exige que postulado a beneficios haya estado privado de la libertad
- Principio de prevención
- Figura procesal
- Margen de configuración normativa sin desconocer derechos de víctimas a la verdad y justicia
- Debilidades en casos de crímenes de lesa humanidad o guerra
- Concepto
- Ampliación frente a nuevos hechos no afecta derechos de víctimas
- Requisitos para que proceda
- Carácter limitado en el tiempo
- Medida cautelar
- Preclusión de investigación como consecuencia de extinción por muerte de postulado a beneficios
- Forma de terminación anticipada del proceso penal
- Prerrequisitos
- Jurisprudencia Constitucional
- Figuras de terminación anticipada del proceso según Ley 906 de 2004
- No desconoce derechos de víctimas a participar en proceso
- Realización no implica que no deba determinarse responsabilidad individual de cada postulado a beneficios
- No exigencia de vocación reparadora
- No afecta derecho a la reparación por permitir saneamiento de deudas tributarias
- Condiciones que debe cumplir investigación penal a efectos de ajustarse a estándares internacionales en la materia
- Cargo global reúne requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Cargo carece de certeza
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Aspectos procesales de Ley 1592 de 2012
- Fuente imprescindible para determinación de reparación por graves violaciones a derechos humanos
- No existe vulneración
- Exigencia de vocación reparadora de bienes
- Fiscal General de la Nación debe determinar criterios de priorización de público conocimiento con fuerza vinculante para ejercicio de acción penal
- Distinción
- Presunciones de despojo y compensaciones en especie
- Procedimiento para imposición de medidas cautelares inmediatas sobre bienes de desmovilizados
- Implementación de programas de condonación y compensación de impuestos que afecten inmuebles destinados a la reparación o restitución
- Adopción de medidas frente a postulados a beneficios que se encuentren en jurisdicción extranjera
- Reparación según Ley 975 de 2005
- Obligación de investigar graves violaciones de derechos humanos
- Medidas adicionales
- Criterios de priorización para superar inconvenientes en investigaciones por violaciones a derechos humanos o infracciones graves al derecho internacional humanitario
- Competencia para definir criterios de priorización
- Competencia para participar en diseño de política criminal del Estado
- Debió condicionarse exequibilidad de norma acusada
- Elemento indispensable para alcanzar fines que persigue
- Dimensión objetiva y subjetiva
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Modificación atinente a versión libre y confesión de postulados a beneficios
- Reconoce derechos de terceros de buena fe sobre medidas ordenadas respecto de bienes de desmovilizados
- Mecanismo de la justicia transicional
- Simple prolongación de los efectos no resulta inconstitucional
- Distinción de eventos en que se aplica régimen de Ley de Justicia y Paz
- Pretensión indemnizatoria directa que constituye materialización del derecho a evitar fraudes frente a transferencia de bienes a terceros
- Propósitos constitucionales
- Amplio margen de discrecionalidad del legislador
- Razonabilidad y proporcionalidad
- Debió condicionarse exequibilidad de norma a que exclusión de beneficios opere sin perjuicio de obligación del Estado de investigar y sancionar el fraude a la justicia, con arreglo a las normas penales
- Manifestaciones complementarias
- Investigación seria, imparcial y en un plazo razonable de violaciones a derechos humanos no vulnera derechos de víctimas
- Fallecimiento de imputado implica terminación de acción penal y proceso penal
- Consagración de audiencia concentrada constituye facultad de configuración del legislador
- Fiscalía General de la Nación recibe información relacionada con nombres de miembros de grupos armados al margen de la ley dispuestos a contribuir
- Cargo de inconstitucionalidad de expresiones al no permitir a víctimas solicitar audiencia de terminación cuando bienes entregados no ofrecen vocación reparadora
- Deber legal de la Fiscalía General de la Nación, de brindar protección específica
- Limitación
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Concepto
- Construcción técnica brinda a los afectados una visión completa y real de lo sucedido
- Continuación cuando postulado fallece con posterioridad a entrega de bienes
- Continuación frente a bienes ofrecidos o denunciados por desmovilizado si no han sido entregados
- Elegibilidad de postulado a beneficios pese a inexistencia de bienes con vocación reparadora
- Suministro de información para decidir adopción de medidas cautelares
- Colaboración de desmovilizados con policía judicial para dar con paradero de personas secuestradas o desaparecidas
- Independencia
- Adopción de medidas articuladas según el hecho victimizante
- Alcance
- Inexistencia de violación
- Colaboración en intercambio de información
- Debió declararse inexequibilidad de norma por suponer que se multiplican cargas procesales de víctimas al someterlos a otro proceso para reparación integral del daño
- Remisión a Ley 1448 de 2011
- No es absoluta sino relativa
- Jurisprudencia del Consejo de Estado
- Carácter relativo según Consejo de Estado
- Posibilidad del postulado a beneficios que se haya desmovilizado estando en libertad
- Traslado de bienes inmediatamente después de decretadas medidas cautelares cuando exista solicitud de restitución
- Legitimidad para presentar recursos
- No se encuentra sometida a rigorismos y lógicas propias de un proceso judicial
- Jurisprudencia Constitucional
- Preclusión de investigación como consecuencia de extinción por muerte
- Cosa juzgada material en sentencia C-370/06
- Cosa juzgada constitucional en sentencia C-286/14
- Consagra un instrumento especial que motive a los desmovilizados a contribuir con el restablecimiento de derechos de las víctimas y asegure que no continuarán delinquiendo
- Garantiza finalidades de resocialización y reintegración propias de proceso de justicia transicional
- Norma demandada no eliminó versión libre ni formulación de imputación
- Causales
- Entrega fraudulenta de bienes que no tengan vocación reparatoria
- Solicitud de audiencia
- Ampliación frente a nuevos hechos no implica desconocimiento de temporalidad de la justicia transicional
- Fines de la priorización
- Cosa juzgada constitucional en sentencia C-286/14
- Reiteración de lo establecido por Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Cosa juzgada constitucional en sentencia C-286/14
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad dirigida contra 32 artículos de la Ley 1592 de 2012, por medio de la cual se introducen modificaciones a la Ley 975 de 2005, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos “humanitarios” y se dictan otras disposiciones.
Por razones metodológicas la Corte decidió analizar los cargos formulados reagrupándolos en tres ejes temáticos centrales.
Estos son: 1º.
Diseño e implementación de metodologías de investigación de crímenes de guerra y de lesa humanidad. 2º.
Aspectos procesales de la Ley 1592 de 2012 y, 3º.
Derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación integral, garantías de no repetición, protección y participación en el proceso.
En términos generales concluyó la Corte que, la aplicación del criterio de “priorización” de casos en los procesos de justicia transicional de la ley de justicia y paz, no vulnera el derecho de las víctimas a la investigación de las violaciones a los derechos humanos de una manera seria, imparcial y en un plazo razonable, ni el principio de responsabilidad individual.
Así mismo consideró que, las modificaciones introducidas al proceso penal de justicia y paz constituyen un desarrollo de la potestad de configuración del Legislador y resultan acordes con los derechos de las víctimas, salvo en los concerniente a la entrega de bienes a la Unidad de Atención y Reparación y algunos aspectos en que se condiciona la exequibilidad, para garantizar los derechos de las víctimas.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 975/05. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (54 puntos)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, las siguientes expresiones y disposiciones relacionadas con la aplicacion de los criterios de priorizacion:
- La expresion "aplicando criterios de priorizacion en la investigacion y el juzgamiento de esas conductas" del articulo 1o de la Ley 1592 de 2012.
- La expresion "sin perjuicio de la aplicacion de criterios de priorizacion" del articulo 3o de la Ley 1592 de 2012.
- La expresion "La investigacion se surtira conforme a los criterios de priorizacion que determine el Fiscal General de la Nacion en desarrollo del articulo 16A de la presente ley" del articulo 10 de la Ley 1592 de 2012.
- La expresion "y de conformidad con los criterios de priorizacion" del articulo 11 de la Ley 1592 de 2012.
- La expresion "de acuerdo con los criterios de priorizacion que establezca el Fiscal General de la Nacion de conformidad con el articulo 16A de la presente ley" del articulo 12 de la Ley 1592 de 2012.
- Las expresiones "de priorizacion" del inciso
- segundo. y "de priorizacion" del inciso
- tercero. y "concentrando los esfuerzos de investigacion en los maximos responsables" del articulo 13 de la Ley 1592 de 2012.
- La expresion "de conformidad con los criterios de priorizacion establecidos por el Fiscal General de la Nacion" del articulo 14 de la Ley 1592 de 2012.
- El paragrafo del articulo 18 de la Ley 1592 de 2012.
- SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para proferir un fallo de fondo, en relacion con la expresion: "la pondra a disposicion de la Unidad Administrativa Especial de Gestion de Restitucion de Tierras Despojadas, con el fin de contribuir a los procedimientos que esta adelanta para la restitucion de los predios despojados o abandonados de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley 1448 de 2011", del articulo 11 de la Ley 1592 de 2012, por inepta demanda.
- TERCERO. Declarar ESTARSE A LO RESUELTO en sentencia C- 286 de 2014, que declaro INEXEQUIBLE el articulo 23 de la Ley 1592 de 2012, en relacion con la expresion "las victimas correspondientes al patron de macro-criminalidad con criterios de priorizacion", del paragrafo 5o del articulo 23 de la Ley 1592 de 2012.
- CUARTO. Declarar ESTARSE A LO RESUELTO en sentencia C- 370 de 2006, que declaro exequible el paragrafo 3o del articulo 26 de la Ley 975 de 2005, en relacion con el paragrafo 3deg del articulo 27 de la Ley 1592 de 2012.
- QUINTO. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "colectivas o conjuntas" y "de manera colectiva" del paragrafo del articulo 14 de la Ley 1592 de 2012, por los cargos analizados.
- SEXTO. Declarar EXEQUIBLES el inciso 4o y el paragrafo del articulo 18 y la expresion "concentrado", del articulo 22 de la Ley 1592 de 2012, por los cargos analizados.
- SEPTIMO. Declarar EXEQUIBLES los articulos 19 y 20 de la Ley 1592 de 2012, por los cargos analizados.
- OCTAVO. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "de los postulados extraditados", "por efecto de la extradicion concedida", "los postulados extraditados" y "por los postulados extraditados" del articulo 31 de la Ley 1592 de 2012, por los cargos analizados.
- NOVENO. Declararse INHIBIDA para proferir un fallo de fondo en relacion con las expresiones: "cuando el riesgo se genere con ocasion de su participacion en el proceso judicial especial de que trata la presente ley" del articulo 3o y "en los eventos en los que haya lugar" del articulo 10o de la Ley 1592 de 2012, por inepta demanda.
- DECIMO. Declararse INHIBIDA para proferir un fallo de fondo en relacion con el segmento normativo: "la version rendida por el desmovilizado y las demas actuaciones adelantadas en el proceso de desmovilizacion, se pondran en forma inmediata a disposicion de la Unidad Nacional de Fiscalias para la Justicia y la Paz con el fin de que el fiscal delegado y la Policia Judicial asignados al caso, de conformidad con los criterios de priorizacion establecidos por el Fiscal General de la Nacion, elaboren y desarrollen el programa metodologico para iniciar la investigacion, comprobar la veracidad de la informacion suministrada y esclarecer los patrones y contextos de criminalidad y victimizacion", del articulo 14 de la Ley 1592 de 2012, por inepta demanda.
- DECIMO.
- PRIMERO. Declarar ESTARSE A LO RESUELTO en sentencia C- 286 de 2014, que declaro INEXEQUIBLES los articulos 23, 24, 40 y 41 de la Ley 1592 de 2012.
- DECIMO.
- SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para proferir un fallo de fondo en relacion con la expresion: "y hasta el termino de la condena ordinaria alli establecida" del articulo 26 de la Ley 1592 de 2012, por inepta demanda.
- DECIMO.
- TERCERO. Declararse INHIBIDA para proferir un fallo de fondo en relacion con el articulo 29 de la Ley 1592 de 2012, por inepta demanda.
- DECIMO.
- CUARTO. Por los cargos de vulneracion a los derechos de las victimas a la verdad, a la justicia, a la reparacion, y a las garantias de no repeticion, como consecuencia de la remision de la Ley 1592 de 2012 a los procedimientos contemplados en la Ley 1448 de 2011:
- Declararse INHIBIDA para proferir un fallo de fondo, en relacion con la expresion: "La definicion de estos derechos se encuentra desarrollada en la Ley 1448 de 2011", del articulo 4o de la Ley 1592 de 2012, por inepta demanda.
- Declarar INEXEQUIBLE el segmento normativo: "Estos bienes seran puestos a disposicion de la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas y/o de la Unidad Administrativa Especial de Gestion de Restitucion Tierras Despojadas para que sean destinados a los programas de reparacion integral y de restitucion de tierras de que trata la Ley 1448 de 2011, segun corresponda. Las victimas que sean acreditadas en los procedimientos penales especiales de justicia y paz, tendran acceso preferente a estos programas" del articulo 8o de la Ley 1592 de 2012.
- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, las siguientes expresiones y disposiciones relacionadas con la remision del proceso de Justicia y Paz a los procedimientos contemplados en la Ley 1448 de 2011:
- * La expresion: "la pondra a disposicion de la Unidad Administrativa Especial de Gestion de Restitucion de Tierras Despojadas, con el fin de contribuir a los procedimientos que esta adelanta para la restitucion de los predios despojados o abandonados de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley 1448 de 2011" del articulo 11o de la Ley 1592 de 2012.
- * Los paragrafos 2o y 3o del articulo 16 de la Ley 1592 de 2012.
- * El paragrafo 4o del articulo 27 de la Ley 1592 de 2012.
- * El articulo 30 de la Ley 1592 de 2012.
- * La expresion: "en el marco de la Ley 1448 de 2011" del articulo 32 de la Ley 1592 de 2012.
- * Las expresiones: "excepcional" y "En los demas casos, se observara lo dispuesto en la Ley 1448 de 2011" del articulo 38 de la Ley 1592 de 2012.
- * Las expresiones: "se podran" y "segun lo previsto en el articulo 97 de la Ley 1448 de 2011, con cargo al Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestion de Restitucion de Tierras Despojadas" del articulo 39 de la Ley 1592 de 2012.
- DECIMO.
- QUINTO. Por los cargos relacionados con la no exigencia de que los bienes ofrecidos por los postulados a la Ley de Justicia y Paz tengan vocacion reparadora, al igual que los limites a la posibilidad de que disponen las victimas de interponer recursos e intervenir en audiencias relacionadas con ese tema:
- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, las siguientes expresiones y disposiciones:
- La expresion: "Cuando se verifique que el postulado no haya entregado, ofrecido o denunciado bienes adquiridos por el o por el grupo armado organizado al margen de la ley durante y con ocasion de su pertenencia al mismo, de forma directa o por interpuesta persona", del numeral 3o del articulo 5o de la Ley 1592 de 2012.
- Las expresiones: "y debe ser presentada por el fiscal del caso" y "segun lo considere pertinente el fiscal del caso y asi lo manifieste en su solicitud", del articulo 5o de la Ley 1592 de 2012.
- La expresion: "la preclusion de la investigacion como consecuencia de la extincion de la accion penal" consagrada en el paragrafo 2deg del articulo 5o de la Ley 1592 de 2012, en el entendido que las victimas tambien podran solicitar la audiencia de terminacion del proceso de justicia y paz.
- La expresion "con posterioridad a la entrega de los bienes", contemplada en el paragrafo 3deg del articulo 5o de la Ley 1592 de 2012, en el entendido que el proceso tambien podra continuar frente a los bienes ofrecidos o denunciados por el desmovilizado si aun no han sido entregados.
- La expresion "el fiscal delegado del caso y por la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas -Fondo para la Reparacion de las Victimas" del inciso 4o del articulo 7o de la Ley 1592 de 2012, en el entendido que tambien se debera tener en cuenta la informacion suministrada por las victimas.
- El paragrafo del articulo 8o de la Ley 1592 de 2012, por el cargo sobre la vocacion reparadora de los bienes.
- La expresion "Si la decision del incidente fuere favorable al interesado, el magistrado ordenara el levantamiento de la medida cautelar" del articulo 17 de la Ley 1592 de 2012, en el entendido que las victimas podran participar en el incidente.
- Declarar EXEQUIBLE el paragrafo del articulo 7o de la Ley 1592 de 2012, en el entendido que la falta de vocacion reparadora no puede ser imputable a un proposito del postulado de defraudar los derechos de las victimas y que las victimas tambien tienen derecho a denunciar bienes de los postulados o los de terceros a los cuales se les hayan transferido ilegalmente.
- DECIMO.
- SEXTO. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, las expresiones "solo" y "de fondo" del inciso segundo, y, "demas" y "solo" del inciso
- tercero. del articulo 27 de la Ley 1592 de 2012.
- DECIMO.
- SEPTIMO. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, las expresiones "Para el caso de desmovilizados colectivos en el marco de acuerdos de paz con el Gobierno nacional, la presente ley se aplicara unicamente a hechos ocurridos con anterioridad a la fecha de su desmovilizacion", y "con anterioridad a su desmovilizacion y en todo caso con anterioridad al 31 de diciembre de 2012" del articulo 36, y "con anterioridad al 31 de diciembre de 2012. Vencido este plazo el Gobierno nacional tendra dos (2) anos para decidir sobre su postulacion" y el inciso 2o del articulo 37 de la Ley 1592 de 2012
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.