Micelio
DecretoDerogado

Decreto 1740 de 2010

por el cual se reglamenta el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

55artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1Objeto2Principios3Definiciones4Población Objeto Del Programa De Protección De Derechos Humanos Del Ministerio Del Interior Y De Justicia5Población Objeto Del Programa De Protección De La Policía Nacional6Competencia En El Programa De Protección De Derechos Humanos7Conformación Del Comité De Reglamentación Y Evaluación De Riesgos, Crer8Funciones Del Comité De Reglamentación Y Evaluación De Riesgos, Crer9Sesiones Del Crer10Artículo 1011Conformación Del Comité De Evaluación De Nivel De Riesgo, Cenir12Funciones Del Comité De Evaluación Del Nivel De Riesgo, Cenir13Sesiones Del Cenir14Artículo 1415Funciones De La Comisión16Sesiones De La Comisión17Clasificación De Las Medidas Del Programa De Protección De Derechos Humanos Del Ministerio Del Interior Y De Justicia18Artículo 1819Procedencia De Los Recursos Físicos20Para La Activación De La Presunción Constitucional De Riesgo, Se Podrán Adoptar Las Siguientes Medidas: 121Tipos De Esquemas Del Programa De Protección De Derechos Humanos Del Ministerio Del Interior Y De Justicia22Tipo De Esquemas Del Programa De Protección De La Policía Nacional23El Comité De Reglamentación Y Evaluación De Riesgos - Crer Y El Comité De Evaluación De Nivel De Riesgo - Cenir, Dentro De Sus Respectivas Competencias, Definirán Anualmente Las Especificaciones Técnicas Que Deben Cumplir Los Vehículos Que Formen Parte De Los Esquemas De Protección, A Fin De Que Los Vehículos Adquiridos Para Proveer De Recursos Físicos Para La Prestación De Las Medidas De Protección Por Las Entidades Del Estado O Corporaciones Públicas Correspondientes En Concordancia Con El Artículo 19 Del Presente Decreto, Cumplan Con Dichas Especificaciones24Artículo 2425Estudio De Nivel De Riesgo26Término Para Realizar El Estudio De Nivel De Riesgo27Revisión Periódica De Medidas De Protección28Revisión Periódica De Medidas De Seguridad Y Protección29Suspensión De Las Medidas De Protección30Finalización De Las Medidas De Protección31Artículo 3132Comité Para La Terminación O Modificación De Medidas33Artículo 3334Artículo 3435Artículo 3536Artículo 3637Artículo 3738Medidas De Protección De Emergencia Del Programa De Protección Del Ministerio Del Interior Y De Justicia39Medidas De Protección De Emergencia De La Policía Nacional40Definición41Condiciones De Activación De La Presunción Constitucional De Riesgo42Artículo 4243Ruta De La Protección44Competencias Del Programa De Protección De Derechos Humanos Del Ministerio Del Interior Y De Justicia45Procedimiento Municipal, Distrital Y Departamental46Competencias De Las Alcaldías Municipales O Distritales En La Ruta De La Protección47Artículo 4748Artículo 4849Para Efectos De Determinar Las Medidas A Implementar Por Parte De La Mesa De Prevención, En El Nivel Departamental O Municipal, La Secretaría De Gobierno Correspondiente Aplicará La Matriz De Valoración Preliminar Que Para El Efecto Diseñe El Ministerio Del Interior Y De Justicia Con La Asesoría De La Policía Nacional50Artículo 5051Las Entidades Públicas Que Tengan A Cargo Programas De Protección Y Que Demanden Del Apoyo De La Policía Nacional Para El Cubrimiento De Los Servicios De Protección De Su Población Objeto, Suministrarán Los Medios Logísticos, De Transporte, Pasajes Y Viáticos Necesarios52Artículo 5253Transición54Trámite Y Atención De Nuevas Solicitudes De Protección55Vigencia
03

Firmas