Micelio

Artículo 11

Conformación Del Comité De Evaluación De Nivel De Riesgo, Cenir

Decreto 1740 de 2010 · por el cual se reglamenta el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conformación del Comité de Evaluación de Nivel de Riesgo, CENIR. La Policía Nacional, a través de la Dirección de Protección y Servicios Especiales y los comandos de metropolitanas y departamentos de Policía, organizarán el Comité de Evaluación de Nivel de Riesgo - CENIR, integrado de la siguiente manera

1.

En la Dirección de Protección y Servicios Especiales

a)

El Subdirector de Protección, quien lo preside;

b)

El Jefe del Área de Protección a personas e instalaciones de la Dirección de Protección y Servicios Especiales y los jefes de los grupos a su cargo;

c)

El Jefe del Área Administrativa de la Dirección de Protección y Servicios Especiales;

d)

El Jefe del Grupo de Estudios de Seguridad de la Dirección de Protección y Servicios Especiales;

e)

El Jefe de Talento Humano de la Dirección de Protección y Servicios Especiales quien actuará como Secretario;

f)

El funcionario que realizó el Estudio de Nivel de Riesgo;

g)

Las Personas invitadas que el Comité considere convenientes con voz pero sin voto;

h)

En los casos en que se traten temas de derechos humanos, se deberá invitar al Coordinador del Grupo de Derechos Humanos de la Policía Nacional o su delegado.

2.

En las metropolitanas y comandos de Departamento de Policía

a)

El Subcomandante, quien lo preside;

b)

El Comandante Operativo de Seguridad Ciudadana;

c)

El Jefe Administrativo;

d)

El Jefe de la Seccional de Inteligencia;

e)

El Jefe de la Seccional de Investigación Criminal;

f)

El Jefe de la Seccional de Protección y Servicios Especiales;

g)

El Jefe de Talento Humano quien actuará como secretario;

h)

El Jefe del Grupo de Protección;

i)

El Funcionario que realizó el Estudio de Nivel de Riesgo;

j)

Las Personas que el Comité considere convenientes con voz pero sin voto;

k)

En los casos en que se traten temas de derechos humanos, se deberá invitar al Coordinador de Derechos Humanos de la Unidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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