Micelio

Artículo 27

Revisión Periódica De Medidas De Protección

Decreto 1740 de 2010 · por el cual se reglamenta el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Revisión periódica de medidas de protección . Las medidas implementadas serán revisadas por el respectivo Comité un (1) mes antes de su vencimiento, con miras a determinar su continuidad, suspensión, retiro o refuerzo. Para este propósito, se tendrá en cuenta, entre otros, la reevaluación de los estudios de nivel de riesgo. El respectivo Comité, de manera excepcional y a petición del beneficiario o de cualquiera de sus miembros, podrá revisar la necesidad de la medida implementada, para los mismos efectos señalados en el inciso anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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