DecretoDerogado
Decreto 44 de 1905
Sobre contrabandos
45artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23, Se Impondrá También Á Las Mismas Personas De Que Trata El Artículo Anterior, En Los Casos De Las Infracciones 2ª, 3ª, 5ª Y 7ª Del Artículo 325 Del Código Fiscal4Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 1011Artículo 1112Ley 95 De 191213Artículo 1314Ley 95 De 191215Artículo 1516Del Presente Decreto17Artículo 1718Del Código Judicial, El Funcionario Que Dicte La Sentencia Hará En Ésta Un Resumen De Las Pruebas En Que Se Funde Y De Las Presentadas Por El Sindicado19Del Presente Decreto, Y En La Apelación Ó Consulta Se Seguirá El Procedimiento Que Por El Artículo Siguiente Se Prescribe20Artículo 2021Artículo 2122Artículo 2223Artículo 2324Artículo 2425Artículo 2526Artículo 2627Artículo 2728Artículo 2829Artículo 2930De Este Decreto31Artículo 3132Artículo 3233234Artículo 3435Artículo 3536Artículo 3637Artículo 3738Artículo 3839Artículo 3940Artículo 4041Artículo 4142Artículo 4243Artículo 4344Artículo 4445Artículo 45
03
Firmas
Gobierno Nacional
- R. ReyesPresidente de la República
- Bonifacio VélezEl Ministro de Gobierno
- Clímaco CalderónEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Pedro Antonio MolinaEl Ministro de Hacienda
- Carlos Cuervo MárquezEl Ministro de Guerra, D.A. de Castro El Ministro de Instrucción Pública
- Guillermo TorresEl Ministro del Tesoro
- Modesto GarcésEl Ministro de Obras Públicas