Micelio

Artículo 3

, Se Impondrá También Á Las Mismas Personas De Que Trata El Artículo Anterior, En Los Casos De Las Infracciones 2ª, 3ª, 5ª Y 7ª Del Artículo 325 Del Código Fiscal

Decreto 44 de 1905 · Sobre contrabandos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3° La pena de arresto de seis meses á un año, de que habla el artículo 1°, se impondrá también á las mismas personas de que trata el artículo anterior, en los casos de las infracciones 2ª, 3ª, 5ª y 7ª del artículo 325 del Código Fiscal. Las multas que se impongan por toda clase de infracciones á las disposiciones sobre rentas nacionales se harán efectivas en oro colombiano ó en su equivalente en papel-moneda, á la tasa que rija el día de verificarse el pago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 44 de 1905