T-791 de 2013
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Carlos Arnulfo Sanchez Pineda·Demandado Ribunal Superior De Bogota, Sala Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia para ordenar reconocimiento o incremento pensional del 14% en relación con el cónyuge o compañero permanente que depende económicamente del beneficiario de la pensión
- Improcedencia por no existir desconocimiento de precedente para ordenar reconocimiento o incremento pensional del 14% en relación con el cónyuge o compañero permanente que depende económicamente del benefici
- Se debió declarar la procedencia para ordenar reconocimiento o incremento pensional del 14% en relación con el cónyuge o compañero permanente que depende económicamente del beneficiario de la pensión
- No se desconoce cuando deja de ser aplicado respecto de acreencias que no estén destinadas a garantizar de forma vitalicia la subsistencia en condiciones dignas y mínimo vital
- Formas en que puede ser desconocida la jurisprudencia
- Requisitos que se deben demostrar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
Se demanda la decisión judicial que dentro de un proceso ordinario laboral decidió revocar el fallo mediante el cual se condenó al ISS a reconocer y pagar al actor el incremento pensional del 14% de un salario mínimo mensual legal vigente sobre su pensión de vejez, virtud de tener a cargo a su cónyuge.
La autoridad judicial accionada al desatar el recurso de apelación declaró probada la excepción de prescripción, por haber transcurrido los tres años que la legislación impone para iniciar la acción ordinaria laboral.
La Sala se refiere a los siguientes temas: 1º.
Causales genéricas de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.
El desconocimiento del precedente constitucional como causal específica de procedibilidad. 3ª.
El precedente constitucional en relación con la imprescriptibilidad en materia pensional y, 4º.
El precedente de la precitada imprescriptibilidad, respecto del incremento pensional del 14% por cónyuge o compañera(o) permanente a cargo.
Se confirman las decisiones de instancia que DEGANARON el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el fallo de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, de fecha seis (06) de junio de 2013, por medio del cual se confirmó la sentencia proferida en sede de primera instancia por la Sala de Casación Laboral de la misma Corporación, a través de la cual se negó la acción de tutela interpuesta por el señor Carlos Arnulfo Sánchez Pineda contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. - Sala Laboral, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.