Micelio
Sentencia de Tutela21 de marzo de 2013

T-160 de 2013

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Juan Carlos Palencia Lopez·Demandado Sala Unica Del Tribunal Superior De Santa Rosa De Viterbo Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
Defecto Factico
  • Dimensión negativa y positiva
Derecho A La Filiacion, A La Personalidad Juridica Y Al Debido Proceso
  • Orden en proceso de impugnación de paternidad profiera una nueva sentencia en relación con la caducidad de la acción y la objeción de prueba ADN
Impugnacion De La Paternidad
  • Persona que por prueba de ADN tiene certeza de no ser padre de menor
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Vulneración de derechos fundamentales por interpretación del juez que no tuvo en cuenta resultado de prueba de ADN contundente
  • A partir de qué momento puede contarse la oportunidad para impugnar la filiación
  • Normatividad aplicable
Interes Para Presentar Accion De Impugnacion De La Paternidad
  • “Interés actual” surge cuando se origina una duda sobre la paternidad
Prevalencia Del Derecho Sustancial Sobre Las Normas Procesales
  • Resultado de prueba de ADN contundente debe llevar al juez a interpretar la ley para garantizar el derecho sustancial
10 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Personalidad jurídica, filiación, acceso a la administración de justicia, debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

En sede de tutela se demandan las decisiones judiciales adoptadas en desarrollo de un proceso de impugnación de la paternidad iniciado por el actor, alegando la ocurrencia de defectos fáctico, procedimental y sustantivo, en virtud de no haber tenido en cuenta una prueba de ADN aportada al proceso, en primera instancia, porque no se realizó una segunda prueba ordenada por el juez y, en segunda instancia, porque se declaró la caducidad de la acción.

La Sala reitera jurisprudencia relacionada con la siguiente temática: 1º.

Requisitos generales y específicos de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.

Los defectos fáctico, sustantivo y procedimental absoluto. 3º.

Marco normativo aplicable a los procesos de impugnación de la paternidad y 4º.

Jurisprudencia constitucional sobre procesos de filiación.

Se CONCEDE el amparo solicitado, se dejan sin efectos las sentencias proferidas en el proceso de impugnación de la paternidad adelantado por el demandante y para restablecer los derechos fundamentales amparados, se ordena proferir una nueva sentencia con sujeción a lo expuesto por la Corporación respecto a la caducidad de la acción y la resolución de la objeción de la prueba de ADN.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 8 de agosto de 2012 proferida por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la que se confirmo el fallo de primera instancia proferido el 22 de junio de 2012 por la Sala de Casacion Civil de dicha corporacion judicial, en la que a su vez se denego el amparo solicitado. En su lugar, TUTELAR a favor del senor Juan Carlos Palencia Lopez, sus derechos fundamentales a la personalidad juridica, a la filiacion, al acceso a la administracion de justicia y al debido proceso, vulnerados por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo y por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo de Familia de Duitama, en los terminos expuestos en esta providencia.
  3. SEGUNDO. DECLARAR SIN NINGUN VALOR NI EFECTO, por vulnerar los derechos fundamentales previamente senalados, la sentencia proferida el 23 de junio de 2011 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, asi como la sentencia proferida el 20 de abril de 2010 el Juzgado
  4. Segundo. Promiscuo de Familia de Duitama, en el proceso de impugnacion de la paternidad adelantado por el senor Juan Carlos Palencia Lopez contra Johana Catalina Palencia Camargo, representada por Maria Laura Camargo Becerra.
  5. TERCERO. Para efectos de restablecer los derechos fundamentales amparados en esta providencia, se ORDENA al Juzgado
  6. Segundo. Promiscuo de Familia de Duitama que proceda nuevamente a proferir sentencia en el proceso de impugnacion de la paternidad resenado, con sujecion a lo expuesto en esta providencia en relacion con la caducidad de la accion y resolviendo de fondo la objecion a la prueba de la ADN propuesta por el apoderado de la senora Maria Laura Camargo Becerra, como se exige en el articulo 238 del Codigo de Procedimiento Civil. Esta actuacion debera ajustarse a los terminos procesales contemplados en el Codigo de Procedimiento Civil.
  7. CUARTO. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.