T-327 de 2011
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Marcelino Isaza Arango Y Otro·Demandado Tribunal Superior De Medellin Sala Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que se ordena al Tribunal para que dé apertura a un nuevo término probatorio
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, acceso a la administración de justicia.
Tutela contra providencia judicial.
Los actores refieren que mediante fallo dictado por el Juzgado Décimo Civil del Circuito, en el curso de un proceso ordinario de mayor cuantía que adelantaron en contra del Banco Colmena .S.A, actualmente, Banco BCSC S.A., se condenó al demandado a reparar los daños financieros causados por el sistema UPAC y a hacer los ajustes al crédito hipotecario convenido, concediendo de ese modo las prestaciones formuladas por los mismos.
Dicha decisión fue revocada por la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín y a su juicio, esta decisión les vulneró el derecho fundamental al debido proceso, porque se adoptó desconociendo el precedente judicial y porque interpretó erróneamente un dictamen pericial aportado e ignoró una prueba documental aportada.
En sede de revisión se analiza las causales generales de procedibilidad de la acción de tutela contra decisiones judiciales y se CONCEDE la tutela, ordenando en la misma que el Tribunal Superior de Medellín decrete un período probatorio e 30 días, en el cual se deberá ordenar un nuevo dictamen pericial para proferir decisión en los términos del artículo 124 del C.P.C.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las Sentencias de tutela proferidas por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia en primera instancia el treinta (30) de septiembre de dos mil diez (2010), y la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el tres (03) de noviembre de dos mil diez (2010), en segunda instancia y, en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales al debido proceso y el acceso a la administracion de justicia de Marcelino Isaza Arango y Gloria Patricia Isaza de Arango.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTO la Sentencia proferida por la Sala Undecima de Decision Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin el veintidos (22) de julio de dos mil diez (2010), al conocer en segunda instancia del proceso ordinario de mayor cuantia adelantado por los accionantes en contra del Banco Colmena S.A., actualmente Banco BCSC S.A.
- Tercero. ORDENAR a la Sala Undecima de Decision Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin que decrete un periodo probatorio de treinta (30) dias, en el cual debera ordenar un nuevo dictamen pericial para proferir una decision en los terminos senalados en el articulo 124 del Codigo de Procedimiento Civil.
- Cuarto. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.