T-433 de 2018
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Plinio Enrique Castillo Pallares·Demandado Colpensiones Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por vulneración directa de la Constitución, al desconocer el principio in dubio pro operario y declarar prescrito derecho a incremento pensional del 14% por persona a cargo
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Elementos
- Alcance y carácter vinculante
- Solicitud de reconocimiento es imprescriptible
- Definición
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a decisiones judiciales que dentro de un proceso ordinario laboral adelantado por el actor en contra de Colpensiones, denegaron la pretensión relativa al reconocimiento del incremento de la mesada pensional en un 14% por cónyuge a cargo.
Se aduce que dichas providencias desconocieron el precedente constitucional e incurrieron en una violación directa de la Constitución.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
Requisitos especiales de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.
Jurisprudencia constitucional respecto a la imprescriptibilidad del incremento pensional por cónyuge a cargo y, 3º.
El alcance del literal b) del artículo 21 del Acuerdo 049 de 1990, aprobado por el Decreto 758 de 1990.
La Sala considera que los fallos cuestionados incurrieron en el defecto de violación directa de la Constitución, como quiera que ante dos posiciones interpretativas divergentes, los jueces demandados debieron dar aplicación al principio in dubio pro operario establecido en el artículo 53 de la Carta.
Se CONCEDE.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferida en primera y segunda instancia respectivamente por el Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral de Branquilla y la Sección B de la Sala de Decisión Oral del Tribunal Administrativo del Atlántico los días treinta (30) de octubre de dos mil diecisiete (2017) y siete (07) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), mediante las cuales se negó el amparo de los derechos fundamentales por las consideraciones de esta providencia. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social del señor Plinio Enrique Castillo Pallares.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS las sentencias proferidas por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Barranquilla y la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, de única instancia y grado de consulta respectivamente, en el proceso ordinario laboral adelantado por el señor Plinio Enrique Castillo Pallares en contra de Colpensiones.
- Tercero. ORDENAR al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Barranquilla que, dentro del mes siguiente a la notificación de esta providencia, dicte nuevamente sentencia dentro del proceso ordinario laboral adelantado por el señor Plinio Enrique Castillo Pallares en contra de Colpensiones, de conformidad con las consideraciones de esta providencia.
- Cuarto. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral de Barranquilla -, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.