T-757 de 2009
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Direccion De Impuestos Y Aduanas Nacionales·Demandado Superintendencia De Sociedades
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Defecto sustantivo
- Defecto procedimental
- Defecto fáctico
- Defecto orgánico
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Desarrollo constitucional
- Si bien estaba ejerciendo funciones jurisdiccionales, carecía de competencia para decretar de oficio una nulidad
- Caso en que ejerce funciones jurisdiccionales
- Incurrió en un defecto orgánico por la falta de competencia para resolver sobre una nulidad que no tiene el carácter de absoluta
- Incurrió en un defecto sustancial por la errada concepción de que se desconoció una norma de orden público
- Falta de argumentación para resolver que con la dación en pago se estaba vulnerando una norma de orden público
- Finalidad
- Objetivos generales y específicos
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, derecho de defensa.
Debido a una decisión proferida por la Superintendencia de Sociedades, en la cual de declaró la nulidad absoluta de una dación en pago celebrada entre las partes, el apoderado de la DIAN, alega la estructuración de una serie de defectos como son, orgánico por falta de competencia de la entidad para proferir la sentencia, sustantivo por aplicación errónea de la ley 550 de 1999, fáctico por indebida valoración del acervo probatorio y material por violación al derecho de defensa ya que en la sentencia se refirió a materias no debatidas en el proceso.
La Corte concluye que la sentencia incurrió en un defecto orgánico y otro sustancial, debido a la aplicación de una causal de nulidad inexistente y además por incompetencia de la Superintendencia para dictar la sentencia.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el fallo de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota que concedio la accion de tutela promovida por la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales contra la Superintendencia de Sociedades, pero exclusivamente por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.