T-731 de 2006
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Fortunato Lozano Duarte Vs. Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bogota Sala Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitud de respeto por el precedente judicial para el restablecimiento del pago de prestaciones extralegales a pensionados de Icollantas
- El Tribunal no incurrió en vía de hecho al modificar el precedente judicial
- Procedencia excepcional
- Causales genéricas de procedibilidad
- Límites
- Alcance
- Elementos básicos para que los jueces puedan apartarse de ellos
- Respeto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos al debido proceso de pensionado extrabajador de icollantas a quien por decision del tribunal se le nego el restablecimiento del pago de varias prestaciones extralegales previstas en la convencion colectiva de trabajo de pensionados de icollantas al considerar el tribunal que las condiciones respecto de un fallo anterior habian cambiado con la expedicion de la ley 100 de 1993 regimen se seguridad al cual se habia acogido el actor y habia dejado sin fundamento la posibilidad de exigir tales beneficios de manos de la empresa demandada.
Solicita se deje sin efectos la decision del tribunal y se ordene se le concedan las prestaciones extralegales previstas en la convencion.
La supuesta nulidad de lo actuado por desconocimiento de las reglas de competencia del decreto 1382 de 2000 carece de fundamento.
Accion de tutela contra providencias judiciales.
Procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales.
Requisitos de procedibilidad.
La autonomía judicial y la posibilidad del juez de modificar su jurisprudencia.
En el caso bajo estudio la sentencia impugnada se acoge a la línea jurisprudencial fijada por la corte suprema de justicia para modificar su propia regla.
Encuentra la sala que la providencia judicial impugnada no resulta manifiestamente irrazonable ni caprichosa o arbitraria.
Al controlar la validez de una sentencia el juez constitucional no debe imponer la interpretación que él preferiría sino verificar que la sentencia juzgada no se fundó en argumentos manifiestamente irrazonables o fue caprichosa o arbitraria es decir que no violó el debido proceso.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR el fallo proferido por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia de fecha, 13 de marzo de 2006, que denego la accion de tutela promovida por el senor Fortunato Lozano Duarte, pero por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.