Micelio
Sentencia de Tutela31 de marzo de 2005

T-289 de 2005

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Orlando Rincón Ruiz Vs. Tribunal Administrativo De Cundinamarca

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Via De Hecho
  • Aplicación del artículo 183 del CCA desconoce artículo 228 de la CP
  • Casos en que procede por defecto procedimental
Via De Hecho Contra Auto
  • Por defecto procedimental
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso de funcionario del inurbe dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho por el rechazo de los recursos de reposición y apelación interpuestos contra el auto de rechazo de la demanda.

Solicita se dejen sin efectos los autos interlocutorios del 14 de julio y 4 de dicieimbre de 2003.

Improcedencia general de tutela contra sentencia - excepcionalidad de la via de hecho.

Vias de hecho por defectos procedimentales - exceso ritual manifiesto como arbitrariedad procedimental.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, el 12 de agosto de 2004, en su lugar, CONFIRMAR la Sentencia del Consejo de Estado, Sección Primera, del 29 de abril de 2004, y, por ende, CONCEDER la tutela al debido proceso del señor Orlando Rincón Ruiz por vulneración del derecho fundamental al debido proceso.
  2. SEGUNDO. , DEJAR SIN EFECTO el auto del 4 de diciembre de 2003 proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D, para que se vuelva a estudiar el recurso interpuesto a la luz de las consideraciones expuestas en la presente Sentencia.
  3. TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a12
T-974/03Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Interpretacion Judicial. Acceso A La Administracion De Justicia. Respuesta Recurso De Apelacion Interpuesto. Terminacion Proceso Ordinario De Responsabilidad Contractual Por Perencion. Ausencia Injustificada SuplenT-950/03Derecho Al Debido Proceso E Igualdad De Persona Privada De La Libertad E Hijo. Solicitud Perencion En Proceso De Responsabilidad Extracontractual. Realizacion Audiencia De Conciliacion. Notificacion Tardia. Equilibrio De Cargas Procesales. Tutela Contra PT-678/03Derechos Al Debido Proceso Defensa Y Tutela Judicial Efectiva. Via De Hecho. Acceso A La Administracion De Justicia. Solicitud Admision Demanda De Casacion. Delito De Enriquecimiento Ilicito. Expedicion Norma Con Posterioridad A La Ocurrencia Del Hecho PuT-1123/02Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Acceso A La Administracion De Justicia. Inadmision Y Rechazo Demanda Presentada. Convencion Colectiva. Conmutacion Pensional Con El Iss. Primacia Del Derecho Sustancial Sobre Las Formas. Tutela Contra ProvidenciasT-522/01Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Derecho A La Igualdad. Via De Hecho Por Falta De Consideracion De La Excepción De Inconstitucionalidad Frente A Una NorT-1306/01Derecho Al Debido Proceso Y Minimo Vital. Solicitud Dejar Sin Efectos Providencias Judiciales Por Considerar Que Se Hizo Primar Lo Formal Sobre Lo Sustancial. Prevalencia Del Derecho Sustancial Sobre Las Formas. Naturaleza Del Recurso De Casacion. Derecho
Ver las 12

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.