T-289 de 2005
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Orlando Rincón Ruiz Vs. Tribunal Administrativo De Cundinamarca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Aplicación del artículo 183 del CCA desconoce artículo 228 de la CP
- Casos en que procede por defecto procedimental
- Situaciones que se pueden presentar
- Por defecto procedimental
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de funcionario del inurbe dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho por el rechazo de los recursos de reposición y apelación interpuestos contra el auto de rechazo de la demanda.
Solicita se dejen sin efectos los autos interlocutorios del 14 de julio y 4 de dicieimbre de 2003.
Improcedencia general de tutela contra sentencia - excepcionalidad de la via de hecho.
Vias de hecho por defectos procedimentales - exceso ritual manifiesto como arbitrariedad procedimental.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, el 12 de agosto de 2004, en su lugar, CONFIRMAR la Sentencia del Consejo de Estado, Sección Primera, del 29 de abril de 2004, y, por ende, CONCEDER la tutela al debido proceso del señor Orlando Rincón Ruiz por vulneración del derecho fundamental al debido proceso.
- SEGUNDO. , DEJAR SIN EFECTO el auto del 4 de diciembre de 2003 proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D, para que se vuelva a estudiar el recurso interpuesto a la luz de las consideraciones expuestas en la presente Sentencia.
- TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.