Micelio
Sentencia de Tutela8 de septiembre de 1998

T-476 de 1998

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Carlos Alberto Chica Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Derecho A La Libre Asociacion Y Negociacion Colectiva. Reintegro De Trabajadores. Radionet. Concedida
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso
  • Acceso efectivo a la administración de justicia
Derecho De Negociacion Colectiva
  • No permisión de libre ejercicio
  • Tutela como mecanismo idóneo de protección
  • Reintegro al puesto de trabajo
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Vulneración igualdad entre partes que llevó a negación y abstención de pruebas
  • Alcance
  • Carácter medular
Derecho De Asociación Sindical
  • Reintegro al puesto de trabajo
  • Tutela como mecanismo idóneo de protección
  • No permisión de libre ejercicio
Medio De Defensa Judicial
  • Derechos por concepto de salario al ser despedido
Juez De Tutela
  • Prohibición de fallar con carencia absoluta de pruebas
Pacto Colectivo
  • Despido de trabajadores que imposibilita proceso de elaboración y trámite
Subordinacion Laboral
  • Despido sin mediar justa causa que afecta derechos fundamentales
Debido Proceso De Tutela
  • Controversia argumentos de demanda y facultad de analizar pruebas
Derecho Al Trabajo
  • Despido de empleados por elaboración y promoción de pacto colectivo
  • Reintegro
Estado Social De Derecho
  • Patrono no puede desconocer derechos, principios y valores constitucionales
Juez Constitucional
  • Protección de derechos fundamentales
Norma Laboral
  • Interpretación acorde con principios y derechos fundamentales
Normatividad Juridica
  • Interpretación para caso concreto que afecta derechos fundamentales
Juez
  • Determinación de verdad material
18 temas · 25 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 4 de marzo de 1998 por el Juzgado Doce Penal del Circuito de la Ciudad de Santa Fe de Bogotá, que denegó las acciones de tutela del proceso de la referencia, y la Sentencia de la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá, fechada el 21 de abril de 1998, que confirmó dicho fallo.
  2. Segundo. En su lugar CONCEDER la tutela interpuesta por los actores, para proteger sus derechos fundamentales a la libre asociación, a la negociación colectiva y al trabajo, ordenándole para el efecto a la demandada, que en el término de 48 horas, reintegre a sus puestos de trabajo a los señores CARLOS ALBERTO CHICA ARIAS, SAMUEL OTTO SALAZAR NIETO, EULOGIO USCATEGUI MARTINEZ, GLORIA ALEJANDRA MORENO GOMEZ Y SARA ASTRID ROCIO PRIETO PARDO, dejando a salvo sus derechos por concepto de salarios, los cuales son de conocimiento de la justicia ordinaria.
  3. Tercero. ORDENAR la remisión de copia del expediente a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca y Santa Fe de Bogotá, para lo de su competencia.
  4. Cuarto. Líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.