Micelio
Sentencia de Tutela18 de enero de 2000

T-009 de 2000

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Maria Elena Garcia Ortiz Y Otros

Tema · dato duro
Derecho De Asociacion Sindical. Debido Proceso. Terminacion Del Contrato De Trabajo. Febor. Doctrina Constitucional Y Efecto Interpartes De La Accion De Tutela. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fallo De Tutela
  • Efectos inter partes
Medio De Defensa Judicial Laboral
  • Procedencia de tutela cuando no protege suficientemente los derechos fundamentales
Acción De Tutela
  • Nueva presentación por nueva doctrina constitucional
6 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el
  2. primero. de julio de 1999 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogota y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho al debido proceso de Maria Elena Del Socorro Garcia Ortiz, William Alfredo Martinez, Gerardo Garcia Ramos, Victor Julio Morantes Vargas, Alvaro Ordonez Lopez, Consuelo Marin Chica, Miguel Vargas Cantor, Luis Felipe Carrillo Lizarazo, Luis Fuentes Parra, Hector Alonso Rodriguez Herrera y Helbert Gustavo Calderon.
  3. Segundo. En virtud de lo dispuesto en el numeral anterior, ORDENASE a Febor Entidad Cooperativa "COOPFEBOR" que en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, proceda a realizar la totalidad de los tramites conducentes a reintegrar a los actores a los cargos que venian desempenando al momento de ser despedidos o, de no ser posible lo anterior, a otros de iguales o mejores condiciones.
  4. Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.