Micelio
Sentencia de Tutela1 de febrero de 1999

T-048 de 1999

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Alfredo Tascon Aguirre

Tema · dato duro
Debido Proceso. Incompetencia De La Fiscalia Para Suspender Actos Administrativos. Alcalde Yumbo Corporacion Autonoma Regional Del Valle. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acto Administrativo
  • Competencia para suspensión, modificación o anulación
  • Incompetencia de la Fiscalía para suspensión o revocación
  • Suspensión, en principio, por juez administrativo
Cosa Juzgada En Tutela
  • Inexistencia por ausencia de identidad entre las partes
  • Determinación
Fiscal General De La Nacion
  • Incompetencia para suspender actos administrativos
Debido Proceso Penal
  • Incompetencia de la Fiscalía para suspender actos administrativos
Jurisdiccion Contencioso Administrativa
  • Impugnación de decisiones adoptadas por la administración
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR parcialmente el fallo del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo -Seccion Primera-, proferido el 17 de septiembre de 1998, por medio del cual denego la tutela.
  2. En su lugar, SE CONCEDE la proteccion del derecho al debido proceso de los demandantes. En consecuencia, se deja sin efectos el numeral
  3. tercero. de la Resolucion 4-010 del 25 de junio de 1998, proferida por la Unidad de Fiscalia Delegada ante el Tribunal Superior de Santiago de Cali, que dispuso la no ejecucion, por parte del Alcalde de Yumbo, del acto administrativo expedido por la Corporacion Autonoma Regional del Valle del Cauca, mediante el cual se prohibio a la "COMPANIA MINERA DAPA S.A." ejercer "su actividad de explotacion del yacimiento de materiales de construccion de la Cantera Dapa, en el actual frente de explotacion y las areas de la nueva proyeccion de la explotacion minera identificadas como zonas A, B y C, presentada en el Plan de Manejo, Recuperacion o Restauracion Ambiental presentado a evaluacion de la C.V.C." (articulo
  4. segundo. de la Resolucion 0727 del 11 de junio de 1996 expedida por la Direccion General de la C.V.C.).
  5. Segundo. CONFIRMAR la providencia del Consejo de Estado en cuanto denego la solicitud del apoderado de la "COMPANIA MINERA DAPA S.A." de compulsar copias del expediente con destino a la Fiscalia General de la Nacion -Seccional Cali-.
  6. No obstante, al Fiscal General de la Nacion se remitira copia del expediente y de esta Sentencia para que verifique la actuacion de sus subalternos.
  7. Tercero. REMITASE copia de la presente providencia al Fiscal General de la Nacion.
  8. Cuarto. DESE cumplimiento a lo prescrito en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por10
T-489/08Tutela de 2008SU.174/07Unificación de 2007T-788/06Tutela de 2006A. 100/06Solicitudes De Nulidad De La Sentencia T-481/05 Dentro De La Accion De Tutela Presentada Por El Gobernador Del Departamento Del Valle Contra El Tribunal De Arbitramento Que Dirimio Las Controversias Economicas Con Ocasión Del Contrato De Concesion, Y Contra El Consejo De Estado Que Declaro Infundado El Recurso De Anulacion Presentado Por La Gobernacion Contra El Referido Laudo Arbitral. La Solicitud De Nulidad Se Soporta En Que: La Sala Primera De Revision Desconocio La Jurisprudencia Reiterada De La Sala Plena De La Corte Sobre Las Vias De Hecho Que Dan Lugar A La Prosperidad De La Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales; Crea Una Situacion En Que Se Deja Al Particular Sin Derecho A Acceder A La Administracion De Justicia; Representa Un Cambio De La Jurisprudencia Establecida Por La Sala Plena Sobre La Intangibilidad De La Cosa Juzgada Constitucional; Se Violo El Debido Proceso; Desconocio El Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela; Se Modifico La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Sobre Vias De Hecho Establecida Por La Sala Plena; Desconocio La Cosa Juzgada Al Otorgarle Efectos Retroactivos A Una Sentencia Que No Lo Establecia. Competencia De La Sala Plena Para Resolver Las Solicitudes De Nulidad De Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revision De Esta Corporacion. Las Causales De Nulidad Analizadas - (I) Cambio De Jurisprudencia Sobre La Doctrina De La Vía De Hecho En Que Llegaren A Incurrir Las Providencias Judiciales, Efectuado Por Una Sala De Revisión Y No Por La Sala Plena Y (Ii) Desconocimiento Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso De Una De Las Partes, Específicamente El Derecho A Acceder A La Administración De Justicia- Son Fundadas, Lo Cual Debe Conducir A Que La Sentencia T-481 De 2005 Sea Declarada Nula Por La Sala Plena De La Corte Constitucional, Haciendo Innecesario Continuar Con El Análisis De Las Demás Causales De Nulidad Alegadas. Declara La Nulidad De La Sentencia T-481/05T-435/05Tutela de 2005A. 013/04Adicion Sentencia Su.1070/03. Negada
Ver las 10

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.