Micelio
Sentencia de Tutela19 de junio de 2003

T-514 de 2003

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Eduardo Franco Beron Vs. Dian Cali

Tema · dato duro
Derecho De Defensa Y Debido Proceso Administrativo. Via De Hecho. Acceso A La Administracion De Justicia. Realizacion Experticio Tecnico Sobre Aeronave Argentina. Inexistencia Documentacion Para La Nacionalizacion. Aprehension Y Decomiso. Tutela Contra Ac
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia para el caso respecto a actuaciones administrativas de autoridades aduaneras
  • Régimen de procedibilidad contra actos administrativos
  • Subsidiariedad
  • Efectos por uso indiscriminado e irresponsable
  • Improcedencia cuando hay caducidad de la acción principal
  • Naturaleza
3 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Revocar en todas sus partes las sentencias proferidas por los Juzgados
  2. Séptimo. Civil Municipal de Palmira (Valle) y
  3. Cuarto. Civil del Circuito de Palmira (Valle) en las que se concedió la tutela a los derechos fundamentales a la defensa y al debido proceso administrativo del ciudadano Eduardo Franco Berón.
  4. Segundo. Declarar improcedente la acción de tutela incoada por el ciudadano Eduardo Franco Berón contra la Dirección de Impuestos Nacionales (Área de fiscalización aduanera de la administración local de aduanas de Cali).
  5. Tercero. Prevenir a los jueces de tutela de instancia que conocieron el presente asunto para que en lo sucesivo y en aquellos casos en que se solicite la protección de derechos fundamentales con ocasión de actuaciones administrativas, ajusten su conducta al régimen de procedibilidad de la acción de tutela contenido en la Constitución Política y en el Decreto 2591 de 1991 en los términos de esta sentencia
  6. Cuarto. Por Secretaría General librar las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.