T-489 de 2005
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Bertilda Guzmán Garces Y Otra Vs. Juzgado Quince De Familia De Bogota Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración por cuanto al no aclararse identidad del demandado no se logró establecer filiación de los demandantes
- No se practicaron por juez de familia pruebas sobre la identidad del demandado
- Caso de reconocimiento de personalidad jurídica
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la personalidad juridica al debido proceso y los derechos de los niños por la decision del juzgado de dejar sin efectos una medida cautelar de embargo y disponer la entrega de los titulos retenidos por la no concreción e individualizacion de presunto padre extramatrimonial dentro de demanda de paternidad y fijación de cuota alimentaria.
Solicita se declare la nulidad de lo actuado y ordene lo pertinente que permita identificar el padre de los menores.
Accion de tutela contra providencias judiciales.
Ocurrencia de una via de hecho.
Elementos que hacen de una providencia judicial un via de hecho.
Ocurrencia de una via de hecho por defecto factico en el reconocimiento de la personalidad juridica de menores de edad.
Esta corporación ha establecido la radical importancia que comporta para los menores de edad el reconocimiento de su personalidad juridica pues a partir de ella se definen sus lazos familiares y una gran variedad de derechos de ordene social economico y mas a nivel personal sus vinculos afectivos y emocionales.
Es evidente que la actuacion del juez quince de familia de bogota confirmada sin mayor discusión por la sala de familia del tribunal superior de esta misma ciudad se constituye en una via de hecho por haber incurrido en un defecto factico que vulnero los derechos fundamentales a la personalidad juridica al debido proceso a los derechos de los niños y el derecho al acceo a la administración de justicia pues de manera negligente definio su filiación paterna respecto de una persona que nunca fue identificada perfectamente en el tramite del proceso de investigacion y que hace imposible que estos en la actualidad puedan reclamar de su presunto padre los derechos que tienen como hijos de este.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia. En su lugar, CONFIRMAR, la sentencia proferida por la Sala de Casacion Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia que concedio la tutela promovida por la senora Bertilda Guzman Garces en representacion de sus hijos Jose Esneider y Sussan Natalia Forero Guzman, y por Sonia Janeth Forero Guzman en su propio nombre, contra el Juzgado Quince de Familia de Bogota y Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogota, pero con base en las consideraciones aqui expuestas.
- Segundo. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.