Micelio
Sentencia de Tutela16 de febrero de 2010

T-119 de 2010

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Martha Georgina Manrique Arismendi·Demandado Juzgado Administrativo De Santa Rosa De Viterbo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por no cumplir con los requisitos generales de procedibilidad
Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Improcedencia por ausencia de inmediatez
  • Improcedencia por cuanto no se cumplió con el requisito de subsidiariedad
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
  • Reiteración de jurisprudencia
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, igualdad, trabajo, seguridad social.

La accionante comenta que inició proceso de nulidad y reestablecimiento de derecho contra la resolución que le reconoció la pensión de gracia pero no le incluyó todos los factores salariales, por lo tanto solicitó la reliquidación e indexación de su mesada pensional, el juzgado accionado accedió a la reliquidación de la mesada pero no a la indexación ante ello realizo una petición de aclaración la cual fue rechazada por extemporánea, solicita se ordene a CAJANAL le sea indexada su mesada pensional.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, se encuentra que la accionante no agotó los mecanismos de defensa ordinarios antes de interponer la acción de tutela, además hubo un retraso injustificado para interponer la acción luego de conocido el fallo, por lo tanto no cumple con los requisitos generales de procedencia.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida por la Seccion Cuarta de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado del 22 de julio de 2009 que a su vez confirmo la decision proferida el 18 de mayo de 2009, por la Sala No. 2 de Decision del Tribunal Administrativo de Boyaca, en la que rechazo por improcedente la accion de tutela propuesta por la senora Martha Georgina Manrique Arismendy contra el Juzgado
  2. Primero. Administrativo de Santa Rosa de Viterbo y Cajanal.
  3. Segundo. LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Tercero.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.