T-119 de 2010
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Martha Georgina Manrique Arismendi·Demandado Juzgado Administrativo De Santa Rosa De Viterbo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por no cumplir con los requisitos generales de procedibilidad
- Improcedencia por ausencia de inmediatez
- Improcedencia por cuanto no se cumplió con el requisito de subsidiariedad
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, igualdad, trabajo, seguridad social.
La accionante comenta que inició proceso de nulidad y reestablecimiento de derecho contra la resolución que le reconoció la pensión de gracia pero no le incluyó todos los factores salariales, por lo tanto solicitó la reliquidación e indexación de su mesada pensional, el juzgado accionado accedió a la reliquidación de la mesada pero no a la indexación ante ello realizo una petición de aclaración la cual fue rechazada por extemporánea, solicita se ordene a CAJANAL le sea indexada su mesada pensional.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, se encuentra que la accionante no agotó los mecanismos de defensa ordinarios antes de interponer la acción de tutela, además hubo un retraso injustificado para interponer la acción luego de conocido el fallo, por lo tanto no cumple con los requisitos generales de procedencia.
Niega.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida por la Seccion Cuarta de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado del 22 de julio de 2009 que a su vez confirmo la decision proferida el 18 de mayo de 2009, por la Sala No. 2 de Decision del Tribunal Administrativo de Boyaca, en la que rechazo por improcedente la accion de tutela propuesta por la senora Martha Georgina Manrique Arismendy contra el Juzgado
- Primero. Administrativo de Santa Rosa de Viterbo y Cajanal.
- Segundo. LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.