Micelio
Sentencia de Unificación26 de mayo de 2011Sala Plena

SU- de 2011

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Superintendencia Financiera Y Fogafin·Demandado Consejo De Estado Seccion Cuarta

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Legitimidad por activa de entidades del Estado
  • Causales generales y específicas de procedibilidad
  • Requisitos de procedibilidad
Corporaciones De Ahorro Y Vivienda
  • Regulación
  • Conversión en bancos comerciales
Decision De Reduccion Nominal De Capital Social De Una Entidad Inscrita En El Fondo De Garantias De Instituciones Financieras
  • Debe ser ordenada y notificada al representante legal de la entidad destinataria de la orden
  • Su ejecución debe ser inmediata y los recursos que contra ella proceden se otorgan en el efecto devolutivo
Defecto Sustantivo Y Procedimental
  • Reiteración de jurisprudencia
Entidad Financiera
  • Constitución sujeta a previa autorización estatal
Estatuto Organico Del Sistema Financiero
  • Criterios y objetivos de la intervención del Estado en las actividades financiera, bursátil y aseguradora
  • Debido proceso en materia sancionatoria administrativa, no tiene la misma rigurosidad ni severidad que en otro campo
  • Medidas preventivas que no estén contempladas, debe acudirse a las normas del Código Contencioso Administrativo
  • No es violatorio del debido proceso el no establecer un mecanismo de publicidad o comunicación a terceros de medida preventiva de recapitalización
  • Recapitalización como medida preventiva administrativa de la toma de posesión
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Jurisprudencia constitucional
Libertad De Configuracion Legislativa
  • Habilitación legislativa en sistema financiero
Notificacion De Medidas Preventivas O Cautelares Administrativas A Terceros
  • Inaplicación en el caso concreto de normas generales del Código Contencioso Administrativo
Persona Juridica
  • Titularidad de derechos fundamentales que pueden ser protegidos a través de la acción de tutela
Orden De Capitalizacion Dictada Por La Superintendencia Bancaria Dirigida A Granahorrar
  • Medida preventiva o cautelar de carácter administrativo que buscaba evitar que estuviera incursa en causal de toma de posesión, como sanción administrativa y ultima r
Orden De Capitalizacion
  • Conocimiento por el representante legal
  • Comunicación y notificación
  • Inexistencia de deber de comunicación a terceros
  • Medida cautelar preventiva de sanción administrativa y aplicación inmediata
Procedimiento Administrativo Especial
  • Puede ser objeto de leyes especiales hechas por el legislador o puede conferir facultades al Presidente de la República para su regulación total o parcial
Representante Legal De Sociedad
  • Facultad para celebrar o ejecutar todo los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social
Representante Legal
  • Tanto para las normas financieras como para las normas comerciales representa a la sociedad para todos los efectos legales
  • Deber eventual de informe respecto de los accionistas de Corporación
Terminos Procesales
  • Finalidad
  • Importancia
Sociedades Anonimas
  • Contenido y alcance normativo
  • Derechos de los accionistas
  • Jurisprudencia constitucional
Superintendencia Financiera
  • Facultad sancionatoria
  • Medidas preventivas administrativas
  • Medidas preventivas deben ser de ejecución inmediata
  • Procedimiento administrativo especial
Sociedad Mercantil
  • Creación de una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados
  • Reconocimiento como persona jurídica
Accion De Tutela Contra Providencias
  • Reiteración de jurisprudencia
Actividad Financiera
  • Ejercicio requiere autorización del Estado
  • Naturaleza
  • Servicio público
  • Sujeta a intervención del Estado
Caducidad De La Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Su existencia determina la ocurrencia de una vía de hecho por defecto sustantivo y procedimental
Medidas Preventivas De Toma De Posesion Y Orden De Capitalizacion
  • Son instituciones establecidas por el Gobierno Nacional en condición de legislador extraordinario, habilitado para el efecto por el Congreso de la República
Medidas Preventivas O Cautelares En Procesos Administrativos
  • Características y aplicación al sistema financiero
Principios Basicos Para Una Supervision Bancaria Efectiva Del Comite De Basilea De 1997
  • Obligación de los Estados de contar con un sistema efectivo de supervisión bancaria
Representante Legal Y Sociedad
  • Tiene especial relación de confianza con la sociedad
Persona
  • Alcance de la expresión contenida en el artículo 86 de la Constitución Política
Personas Juridicas De Derecho Publico
  • Legitimación para incoar acciones de tutela
  • Titularidad de derechos fundamentales
Sociedades Anomimas
  • Representación legal
Sociedades Mercantiles
  • Deberes y responsabilidades de los representantes legales
Termino De Caducidad
  • Contenido normativo
42 temas · 65 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, acceso a la administración de justicia.

Tutela contra providencia judicial.

La superintendencia Financiera de Colombia y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras – FOGAFIN -, presentaron demandas de tutela en contra de la sentencia proferida en segunda instancia por el Consejo de Estado, Sección Cuarta, en la que en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho varias sociedades (antiguas accionistas mayoritarias de Granahorrar) demandaron la nulidad, por falta de motivación y notificación, de una orden de capitalización expedida por la Superintendencia Bancaria y de una resolución de FOGAFIN, en la que se ordenó la reducción del valor nominal de las acciones de Granahorrar; que se expidieron como medidas preventivas de recapitalización de la entidad bancaria.

Como antecedentes de la acción de nulidad impetrada se tiene que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en un primer momento rechazó la demanda por haber operado el fenómeno jurídico de la caducidad, pero luego de ser apelada dicha decisión, optó por concluir en la sentencia que no existía caducidad alguna y en consecuencia resolvió el asunto negando las pretensiones incoadas.

En la providencia de segunda instancia que se demanda, se confirmó la decisión del Tribunal respecto a la caducidad, pero se decidieron favorablemente las pretensiones, declarando la nulidad de los referidos actos administrativos y ordenando a la superintendencia y a FOGAFIN, pagar cada una un 50% de los valores determinados por concepto de reparación del daño a las sociedades actoras.

La Sala resuelve el problema jurídico planteado analizando la siguiente temática: 1º.

Las notificaciones en actuaciones administrativas. 2º.

La sociedad anónima y su representante legal. 3º.

La jurisprudencia constitucional en la materia y 4º).

La caducidad en la acción de nulidad y restablecimiento del derecho.

Se concluye que la Sección Cuarta del Consejo de Estado al emitir pronunciamiento en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, incurrió en una vía de hecho por defecto sustantivo y procedimental, al seguir un trámite ajeno al pertinente y al actuar al margen del procedimiento establecido, al tener como válida la fecha de presentación de la demanda, cuando había operado para la misma, el fenómeno de la caducidad. se CONCEDE el amparo reclamado, se revocan las decisiones de instancia que rechazaron la tutela por improcedente y se deja sin valor y efecto la decisión tomada en segunda instancia por la Sección Cuarta del Consejo de Estado dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, declarando que ésta acción se encuentra caduca desde el 5 de febrero de 1999.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Articulo
  2. Primero. Ordenase al Representante Legal de la Corporacion Grancolombiana de Ahorro y Vivienda Granahorrar reducir nominalmente el capital social a la suma de trescientos sesenta y cuatro millones dosciento setenta y un mil doscientos dieciseis pesos con ochenta y un centavos m/cte ($ 364.271.216,81), representativo de treinta y seis mil cuatrocientos veintisiete millones ciento veintiun mil seiscientas ochenta y una (36.427.121.681) acciones de un valor nominal individual de un centavo ($ 0.01 ).
  3. Articulo
  4. Segundo. Esta Resolucion rige a partir de la fecha de su expedicion.
  5. Dada en Santa fe de Bogota D.C a los tres (3) dias del mes de octubre de mil novecientos ocheta y ocho (1998)
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
Salvamento parcialVladimiro Naranjo MesaAclaraciónNilson Pinilla Pinilla
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.