T-588 de 2007
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Sociedades Centro Nelmar Ltda Y Promotora Nacional De Construcciones Pronac Ltda Hoy Protal Ltda Vs. Juzgado Octavo Civil Del Circuito De Cartagena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Recurso de apelación está en trámite
- No es saludable para la administración de justicia que una simple diferencia de interpretación o de apreciación conduzca a profanar la jurisdicción
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Valoración de los requisitos debe hacerse por parte del Juez Constitucional
- Requisito de procedibilidad
- Requisito de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso la igualdad y el acceso eficaz a la administracion de justicia dentro del tramite de proceso ejecutivo seguido por el banco central hipotecario bch en liquidacion contra las sociedades siendo condenado el banco en costas y perjuicios y en el que el juzgado dio por terminado el tramite de incidente de regulacion de perjuicios dentro del proceso no accediendo a la liquidacion de los perjuicios reclamados cuando el juez debio simplemente cumplir la orden impartidad por el tribunal superior de barranquilla que la limitaba a cuantifciar los perjuicios reclamados.
Esta decision fue impugnada.solicitan se ordene al juez accionado proferir una decision definitiva dentro del incidente de regulacion de perjuicios.accion de tutela contra providencias judiciales.
Requisitos de procedibilidad de la accion de tutela.
La presente accion no es viable en tanto mecanismo subsidiario pues el accionante cuenta con otro mecanismo judicial de defensa de sus derechos como el recurso ordinario de apelacion de que viene haciendo uso de forma simultanea con la accion de tutela de tal suerte que esta ultima tan solo pretende duplicar las opciones judiciales frente al mismo interes final.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida el 5 de septiembre de 2006 por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior de Barranquilla que nego el amparo constitucional promovido por las sociedades Centro Nelmar Ltda. y Promotora Nacional de Construcciones Limitada -Pronac Ltda. hoy Promotora de Propiedad Horizontal Limitada -Protal Ltda.-. en contra el Juzgado
- Octavo. Civil del Circuito de Barranquilla.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.