Micelio
Sentencia de Tutela11 de diciembre de 2001

T-1342 de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Cristina Duarte Ardila Vs. Juzgado Diecisiete De Familia De Bogota Y Otros.

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Solicitud Proteccion Constitucional Por Irregularidades Presentadas En Tramite De Proceso De Filiacion Natural. Tutela Contra Providencias Judiciales. Practica De Pruebas Geneticas En Procesos De Filiacion. Discutida. Adn. Conce
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Via De Hecho En Proceso De Filiacion Natural
  • No práctica de prueba genética
Derecho A La Filiacion Y Prueba Genetica
  • Obligación de práctica de prueba ordenada
Recurso De Revision En Proceso De Filiacion
  • No práctica de prueba genética
Termino Procesal
  • Suspensión por tutela
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas el 16 de abril de 2001, por la Sección Segunda, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y el 1 de junio del presente año por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, para decidir la acción de tutela instaurada por Cristina Duarte de Ardila contra el Juzgado Diecisiete de Familia, la Sala de Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, y Sala Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Segundo. CONCEDER el amparo invocado por la señora Cristina Duarte de Ardila al debido proceso como mecanismo transitorio.
  3. En consecuencia se suspende, durante cuatro meses, contados a partir de la notificación de esta providencia, el término previsto en el artículo 381 del Código de Procedimiento Civil, con miras a que la accionada solicite, mediante el procedimiento de las pruebas anticipadas, la práctica de la prueba del examen del HLA en las personas de Maria Patricia Ardila Vásquez, Patricia Name Vásquez, Cristina Duarte de Ardila, y en los hermanos del fallecido Jorge Ardila Duarte, por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Y, así mismo pueda presentar, si es del caso, demanda de revisión contra la sentencia que reconoció a Maria Patricia como hija de Jorge Ardila y Patricia Name, con miras a obtener el restablecimiento definitivo de su derecho vulnerado.
  4. Tercero. PREVENIR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y a la señora Patricia Name Vásquez, a nombre propio y como representante legal de la menor Maria Patricia Ardila, para que presten su concurso, a fin de que la prueba del HLA se pueda practicar, y se realice dentro del término previsto. El juez de primera instancia estará atento al cumplimiento de ésta decisión y prorrogará el plazo de suspensión, de considerarlo necesario.
  5. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.