Sentencia de Tutela10 de diciembre de 1993
T-576 de 1993
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Norma Sanchez
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Lanzamiento Por Ocupacion De Hecho. Via De Hecho. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acto Policivo
- Naturaleza
Fallo De Tutela
- Aclaración
- Cumplimiento inmediato
- Ejecutoria
- Protección del derecho
- Término para la revisión
7 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (14 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del JUZGADO
- QUINTO. (5o.) CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, de fecha treinta (30) de junio de mil novecientos noventa y tres (1993), la cual, a su vez, revocó el fallo del JUZGADO VEINTIOCHO (28) CIVIL MUNICIPAL del citado Distrito de fecha
- primero. (1o.) de junio del mismo año, y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho al debido proceso solicitada por NORMA SÁNCHEZ JIMÉNEZ.
- SEGUNDO. ORDENAR a la INSPECCIÓN QUINCE (15) "D" DISTRITAL DE POLICÍA DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, sin lugar a prórroga ni oposición alguna, restituya a la señora NORMA SÁNCHEZ JIMÉNEZ, identificada con la cédula de ciudadanía número 41.594.708 de Bogotá, en la tenencia del piso
- cuarto. (4o.) del inmueble ubicado en la carrera diecinueve (19) número veinte treinta y cuatro (20-34) Sur de esta capital, en el mismo estado en que dicha señora ejercía sus derechos antes de la diligencia de lanzamiento, permitiendo a los interesados acudir a la justicia ordinaria para hacer valer sus derechos.
- TERCERO. DENEGAR la solicitud formulada por el apoderado de NORMA SÁNCHEZ, en el sentido de devolver el expediente al JUZGADO
- QUINTO. (5o.) CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, para dar así cumplimiento a la frase final del inciso
- segundo. (2o.) del artículo 32 del decreto 2591 de 1991.
- CUARTO. ORDENAR que, a costa de la peticionaria, es decir, NORMA SÁNCHEZ, se expidan dos (2) juegos de copias auténticas de la sentencia de tutela de
- segundo. grado de fecha treinta (30) de junio de mil novecientos noventa y tres (1993), dictada por el JUZGADO
- QUINTO. (5o.) CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, y de los documentos que obran a los folios 28, 29, 30 y 62 del cuaderno de la actuación ante el ad quem y ante esta Corte, así como de los escritos visibles a los folios 96 y 97 del cuaderno del a quo, los cuales están destinados a ser llevados por la interesada al Consejo Superior de la Judicatura y a la Fiscalía, si lo estima conveniente.
- QUINTO. ORDENAR el envío al Ministerio Público de copia de esta providencia y de toda la actuación surtida ante la INSPECCIÓN QUINCE (15) "D" DISTRITAL DE POLICÍA DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, para que aquella entidad adelante lo de su cargo respecto de las conductas consideradas en la parte motiva como vías de hecho.
- SEXTO. COMUNICAR inmediatamente el contenido de esta sentencia al JUZGADO VEINTIOCHO (28) CIVIL MUNICIPAL DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, para los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese, cópiese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por158
T-167/22Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Procedencia Por Defecto Factico En Reconocimiento De Pension De Sobrevivientes Para Hermana En Situacion De DiscapacidadT-458/21Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales.Procedencia Por Defecto Factico Y Desconocimiento Del Precedente En Accion De Reparacion De Victima De Minas AntipersonalT-186/21Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Procedencia Por Defectos Factico, Procedimental Por Exceso Ritual Manifiesto Y Por Violacion Directa De La Constitucion En Proceso De Reparacion DirectaT-319/20Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales-Flexibilización Del Requisito De Inmediatez-Procedencia Por Defectos Fáctico Y Procedimental Por Exceso Ritual Manifiesto En El Reconocimiento De Los Perjuicios Morales Causados Por El Daño Antijurídico En Materia Médica.SU.462/20Debido Proceso Y Derecho Al Trabajo En Proceso ConcursalSU.449/20Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales- Interpretación Constitucional De La Facultad De Terminación Unilateral Del Contrato De Trabajo Con Justa Causa Por Parte Del Empleador.
Ver las 158 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.