Micelio
Sentencia de Tutela24 de junio de 2000

T-784 de 2000

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Jose John Guzman Serrano

Tema · dato duro
Derecho A La Defensa Tecnica. Debido Proceso. Via De Hecho. Delito De Estafa. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Defensor De Oficio De Reo Ausente
  • Representación
  • Responsabilidad
Derecho De Defensa Tecnica
  • Núcleo esencial
  • Vulneración
Via De Hecho En Proceso Penal
  • Elementos adicionales a demostrar por fallas en la defensa técnica
Via De Hecho
  • Defecto sustantivo
  • Defecto fáctico, orgánico o procedimental
  • Naturaleza
Derechos Constitucionales
  • Limitación al principio de mayoría
10 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR los numerales 1o y 2o de la parte resolutiva de la Sentencia de unica instancia, proferida por el Tribunal Superior del Distrito de Manizales, por las razones expuestas en la presente Sentencia, y en su lugar DENEGAR la tutela de los derechos al debido proceso y a la defensa tecnica.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR el numeral 3o de la parte resolutiva de la Sentencia de unica instancia, proferida por el Tribunal Superior del Distrito de Manizales, en cuanto denego la proteccion del derecho a la libertad, invocado por el accionante.
  3. TERCERO. en atencion a lo ordenado en los numerales anteriores, CONFIRMAR en su integridad el proceso penal seguido contra los senores Jose John Guzman y Richard Edison Serrano por el delito de estafa, identificado con el numero de causa 319.
  4. ORDENAR que, por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, se remita copia de esta providencia a las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias de los Consejos Seccionales de la Judicatura de Boyaca y de Caldas, para los fines anotados en la parte motiva de la presente Sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.