Micelio
Sentencia de Tutela24 de septiembre de 2018

T-394 de 2018

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Julio Cesar Baron Ramirez·Demandado Juzgado 4 Penal Del Circuito Especializado De Villavicencio

Tema · dato duro
Acceso A La Admnistracion De Justicia De Persona Privada De La Libertad. Requisitos Para Entrega De Copia Gratuitas De Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Acceso A La Administracion De Justicia De Persona Privada De La Libertad
  • Requisitos para entrega de copias gratuitas de proceso penal
  • No vulneración por cuanto accionante no requiere las copias para hacer uso de una facultad concreta dentro del proceso
Derecho De Peticion Ante Autoridades Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Debe ser usado adecuadamente, de manera que la conducta de su titular no resulte contraria a la buena fe y a los fines sociales y económicos del derecho
Derecho De Peticion De Persona Privada De La Libertad
  • No vulneración por cuanto las accionadas no estaban obligadas a dar nuevo trámite a la reiteración de la petición presentada por el actor, en observancia de los principios de eficacia y economía en la
Prision Domiciliaria
  • Requisitos para acceder al beneficio
Derecho A La Defensa
  • Importancia
  • Consagración constitucional e internacional
  • Definición
Accion De Tutela Para Proteger Los Derechos De Peticion Y De Acceso A La Administracion De Justicia En Proceso Penal
  • No existe irregularidad alguna en el plano de la competencia del juez de tutela para conocer el asunto
  • Procedencia
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Jurisprudencia constitucional
Debido Proceso
  • Aplicación a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas
Derecho Al Debido Proceso
  • Implica la posibilidad de realizar una efectiva defensa judicial
Principio De Gratuidad En La Administracion De Justicia
  • Alcance conforme al artículo 6 de la Ley 270/96
  • Reiteración de jurisprudencia
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
19 temas · 25 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor se encuentra privado de la libertad y alega que las autoridades judiciales demandadas vulneraron sus derechos fundamentales al no dar respuesta a una nueva solicitud de copias que formuló, bajo el argumento de haberla resuelto con anterioridad de manera efectiva.

Así mismo, por negar la petición de copias gratuitas de la totalidad de la actuación de su proceso penal, arguyendo que el pago constituía una carga procesal desproporcionada y que no existía obligación legal de expedirlas sin costo.

Se analiza temática relacionada con: 1º.

El principio de gratuidad en el marco del derecho del acceso a la administración de justicia y su relación con el derecho a la igualdad. 2º.

El debido proceso en lo que refiere a la definición y alcance del derecho a la defensa material en el proceso penal y, 3º.

Las particularidades de la solicitud de prisión domiciliaria.

La Sala considera que las accionadas no estaban obligadas a dar nuevo trámite a la reiteración de la petición presentada por el actor, en observancia de los principios de eficacia y economía en la labor judicial.

Respecto a la solicitud de copias gratuitas concluye la Corte que tampoco procede el amparo, por no requerirlas con el propósito de llevar a cabo algún trámite específico o ejercer una facultad concreta dentro del proceso penal.

Se confirma la decisión de instancia que NEGÓ el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la Sentencia proferida el 3 de octubre de 2017 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, en los terminos expuestos en esta providencia.
  2. Segundo. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.