T-1058 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Jorge Eleazar Devia Arias Vs. Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Ibague - Sala De Decisión Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Causales genéricas de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de extrabajador del hospital san roque del municipio de coyaima por la decisión de revocar sentencia dentro de proceso ordinario laboral seguido contra el empleador por terminacion del contrato sin justa causa por falta de competencia absolviendolo.
Solicita se ordene revocar el fallo de segunda instancia y se confirme la sentencia de primera instancia.
Via de hecho.
Causales de procedibilidad.
Competencia de la justicia ordinaria y de la contenciso administrativa para conocer de procesos laborales de trabajadores oficiales y empleados publicos sector salud.
Son trabajadores oficiales del sector salud quienes desempeñen cargos no directivos destinados al mantenimiento de la planta física hospitalaria o de servicios generales dentro de la estructura administrativa de la nación de las entidades territoriales o de sus entidades descentralizadas delegándose en los establecimientos publicos de cualquier nivel la facultad de precisar en sus respectivos estatutos que actividades pueden ser desempeñadas mediate contrato de trabajo.
Contrario a lo decidido por la sala de decisión del tribunal el trabajador si era trabajador oficial.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala de Decision Laboral de la Corte Suprema de Justicia de fecha, 27 de abril de 2005, que denego la accion de tutela promovida Jorge Eleazar Devia Arias en representacion del senor Humberto Mape. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la Sentencia de fecha 3 de junio de 2004, proferida por la Sala de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague - Tolima.
- Segundo. TUTELAR el derecho al debido proceso al senor Humberto Mape, en consecuencia ORDENAR a la Sala de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague que en el termino de 20 dias maximo contados a partir de la fecha en que se reciba en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague, esta Sentencia, se dicte de nuevo la Sentencia que desate el recurso de apelacion, de conformidad con la parte motiva de esta Sentencia. Se advierte que el desconocimiento de lo aqui ordenado constituye un grave desacato.
- Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.