Micelio
Sentencia de Tutela6 de octubre de 2009

T-707 de 2009

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Luis Antonio Millan Marin·Demandado Caja Nacional De Prevision Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Seguridad Social En Pensiones
  • Ambito de aplicación de la ley 100 de 1993
Derecho A La Seguridad Social
  • Es en sí mismo fundamental, independiente y autónomo
  • Transmutación de derechos sociales
Derecho A La Indemnizacion Sustitutiva De La Pension De Vejez
  • Se deben tener en cuenta las semanas cotizadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 100 de 1993
  • El peticionario cumple con la edad requerida pero no cumple con las semanas de cotización
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
  • El actor es sujeto de especial protección debido a su avanzada edad
Acción De Tutela
  • Procedencia para reconocimiento de derechos pensionales de personas de la tercera edad
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad social, mínimo vital.

El accionante solicita el pago de la indemnización sustitutiva a que tiene derecho por haber cotizado entre los años 1960 y 1964, la entidad accionada le negó el derecho a la indemnización debido a que la cotización se realizó antes de la entrada en vigencia de la ley 100 de 1993 y por lo tanto las disposiciones allí contenidas no le son aplicables.

La Sala aclara que el ámbito de aplicación temporal de la ley 100 no depende de la fecha en que se realizaron las cotizaciones por lo tanto se encuentra que la entidad demandada vulneró los derechos del actor.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Cali el dia 26 de febrero de 2009 y la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali el dia 6 de mayo de 2009. En su lugar, CONCEDER amparo judicial del derecho fundamental a la seguridad social del accionante.
  3. Segundo. ORDENAR al representante legal de Cajanal, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reconozca y pague la indemnizacion sustitutiva de la pension de vejez a favor del peticionario para lo cual debera aplicarse integralmente lo dispuesto en el articulo 37 de la Ley 100 de 1993.
  4. Tercero. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.