Micelio
Sentencia de Unificación4 de febrero de 1999Sala Plena

SU- de 1999

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Maria Cleofe Rodriguez Vda De Ruiz

Tema · dato duro
Tutela Contra Particulares. Indefension. Der. Al Minimo Vital. Servicio Domestico. Pago De Salarios Y Prestaciones. Tutela Transitoria. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria Para Exempleada Del Servicio Domestico
  • Pago de suma equivalente al salario mínimo y afiliación al POS
Derecho A La Vida Digna De Persona De La Tercera Edad
  • Protección de los servicios personales domésticos
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Defensoria Del Pueblo
  • Asistencia jurídica y legal necesaria
Derecho A La Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad
  • Fundamental por afectación del mínimo vital
Trabajo Doméstico
  • Afiliación al régimen de pensiones
  • Protección del mínimo vital de subsistencia de persona de avanzada edad
11 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Catorce de Familia de Bogota, y en su lugar CONCEDER la tutela como mecanismo transitorio para la proteccion de los derechos fundamentales a la dignidad y la seguridad social de la accionante.
  2. Segundo. ORDENAR a la senora Herlinda Ordonez Vda de Millan y al senor Federico Millan Ordonez, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente Sentencia, cancelen la primera suma equivalente al salario minimo a la senora Maria Cleofe Rodriguez Vda de Ruiz, la cual debera liquidarse con base en monto del salario minimo legal vigente a la fecha del pago y en lo sucesivo cancelarse dentro de los cinco (5) primeros dias de cada mes, hasta cuando exista pronunciamiento por parte de la justicia ordinaria respecto de los derecho laborales de la accionante. Dicho pago debera hacerse en la cuenta de depositos judiciales del Juzgado Catorce de Familia de Bogota, juez de primera instancia en la presente tutela.
  3. Tercero. ORDENAR a los demandados, afiliar a la demandante al Plan Obligatorio de Salud que preste la E. P.S. legalmente autorizada que designe la demandante.
  4. Cuarto. Solicitar al Juzgado Catorce de Familia de Bogota, verificar el cumplimiento de las anteriores ordenes, advirtiendo a los demandados que el incumplimiento de la presente Sentencia dara lugar a imponer las sanciones establecidas por los articulo 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Quinto. ORDENAR a la senora Maria Cleofe Rodriguez Vda de Ruiz, que dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la notificacion de la presente Sentencia, inicie ante la justicia laboral ordinaria el correspondiente proceso tendiente a definir si le asiste o no derecho al reconocimiento de salarios y prestaciones sociales.
  6. Sexto. ORDENAR al defensor del Pueblo, prestar a la demandante toda la asistencia juridica y legal necesaria para iniciar y llevar a termino el proceso a que se hace referencia en el ordinal anterior, y mantener a la Corte constitucional informada del tramite procesal que se surta y de sus resultados. Para tales efectos, notifiquese la presente providencia al senor defensor del Pueblo.
  7. Septimo. SURTASE el tramite previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.